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El 1 de Junio entra en vigor el régimen sancionador de la Ley del Juego 13/2011, de 27 de mayo.

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El 1 de Junio entra en vigor el régimen sancionador de la Ley del Juego 13/2011, de 27 de mayo.

(Imagen: María Jesús del Barco)



Principales novedades de la Ley del Juego

Por Joaquín Muñoz. Abanlex Abogados



Con la publicación, en mayo de 2011, de la nueva Ley 13/2011, de regulación del Juego en España se pone fin al vacío legal existente a nivel nacional desde la despenalización del juego en 1977. Hasta el momento, es evidente que operadores de juego con licencia en otros países venían operando en nuestro país a través de Internet adquiriendo cada vez una mayor relevancia y cuota de mercado. Esta situación, de alegalidad para algunos o de ilegalidad manifiesta para otros muchos, se ha mantenido durante este tiempo por la falta de una regulación específica en la materia y por la importancia que estaban adquiriendo empresas del sector en ámbitos como el patrocinio de entidades deportivas y medios de comunicación.

En este momento cualquier operador que quiera seguir prestando sus servicios en España ha de obtener previamente el correspondiente título habilitante, no siendo válidos ninguna licencia o autorización otorgada por otros países, ni siquiera los miembros de la Unión Europea. El proceso de otorgamiento de licencias que se inició el pasado mes de noviembre finalizará el 1 de junio con la publicación por la Dirección General de Ordenación del Juego de las resoluciones de otorgamiento de licencias para el desarrollo y explotación de actividades de juego de ámbito estatal. Estas licencias y autorizaciones habilitan para prestar servicios a jugadores españoles únicamente.



Por su parte, la autorización para juegos de loterías continúa reservada a la recién creada SELAE y ONCE. Reglamentariamente se han desarrollado los requisitos legales aplicables a los diferentes tipos de juegos de ámbito estatal (apuestas deportivas e hípicas, concursos, rifas, juegos complementarios o juegos de casino).



La Ley preveía la creación de la Comisión Nacional del Juego, encargada de autorizar, supervisar y controlar las actividades relacionadas con el juego a nivel nacional y sancionar aquellas que no se ajusten a lo estipulado en la ley. Dicha Comisión no ha sido constituida finalmente debido a los recortes presupuestarios en la Administración Pública por lo que finalmente es la Dirección General de Ordenación del Juego, dependiente del Ministerio de Hacienda, quien asume dichas funciones.

Entre las principales novedades que introduce la ley, destacan la obligación de utilizar un dominio ".es", la responsabilidad de los medios de comunicación y clubes deportivos de comprobar que un anunciante está en posesión de licencia para poder exhibir su publicidad o las declaraciones trimestrales de impuestos de los operadores.

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