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Legislación

Instrucción sobre la nulidad de la elección celebrada el 24 de mayo de 2015

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Instrucción sobre la nulidad de la elección celebrada el 24 de mayo de 2015



Instrucción 3/2015, de 26 de agosto, de la Junta Electoral Central, sobre Juntas Electorales competentes y otros extremos en relación con las elecciones locales parciales convocadas por Real Decreto 741/2015, de 31 de julio, por haberse declarado la nulidad de la elección celebrada el 24 de mayo de 2015.

El Real Decreto 741/2015, de 31 de julio, en su artículo 1, establece que se convocan elecciones locales parciales a celebrar el 27 de septiembre de 2015 en las Mesas de los municipios de Hurones (Burgos), Tébar (Cuenca) y Dúrcal (Granada) y de la entidad local menor de Llánaves de la Reina (municipio de Boca de Huérgano, León), por haberse dictado resolución anulatoria de las elecciones en la que se prevé la repetición de las elecciones, que se limitará al acto de votación. En la medida en que el citado Real Decreto se ha limitado a indicar que dichas elecciones se regirán por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, así como por la normativa de aplicación, resulta necesario que por esta Junta Electoral Central se dicten las instrucciones aclaratorias pertinentes con el fin de asegurar y facilitar el buen desarrollo del proceso electoral que se inició con la referida convocatoria. En su virtud, la Junta Electoral Central, en su reunión del día 26 de agosto de 2015 y de conformidad con el artículo 19.1.c) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, acuerda dictar la presente



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