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Los órganos de Gobierno de los bufetes

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Los órganos de Gobierno de los bufetes

(Imagen: María Jesús del Barco)



 

Existe una amplia variedad de sistemas de gobierno de los despachos profesionales, aun cuando podemos afirmar que dichos órganos son comúnmente los siguientes:



 

El Consejo de Socios: aprueba las decisiones importantes de política del despacho, como fusiones, nuevos socios y supervisa y controla las actividades de la rama ejecutiva. Buscando un símil en el ámbito societario, sería la Junta general de socios o accionistas de las compañías mercantiles



2º .-. El socio gerente: elegido por el Consejo, dedica normalmente más del 50 % de su tiempo a funciones ejecutivas, resolviendo los conflictos de los socios individuales y ejecutando las decisiones del Consejo. Sería el Consejero Delegado de la empresa



 

3º .- El Director: mano derecha del gerente, que realiza funciones analíticas y trabajos administrativos delegados por el gerente.

 

4º .- Comité ejecutivo: Formado por el socio gerente y los jefes de unidad o responsables de un departamento o especialidad que gestionan el día a día del despacho

 

5º .- Comisión de remuneración: formado por el comité ejecutivo o parte de él y otros miembros adicionales elegidos por el consejo o por el propio comité ejecutivo

 

 

 

 

 

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