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Jurisprudencia

El impuesto para las instalaciones de producción de energía eléctrica que inciden en el medio ambiente es inconstitucional

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El impuesto para las instalaciones de producción de energía eléctrica que inciden en el medio ambiente es inconstitucional



Tribunal Supremo. Contencioso – Administrativo. 11/06/2015

Recurso de casación interpuesto por ENDESA GENERACION, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL, contra sentencia del TSJE desestimatoria de la solicitud de devolución de ingresos indebidos por el Impuesto extremeño sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente (IIIMA), del ejercicio 2006, tras la modificación de la Ley 7/1997, de 29 de mayo, de la Asamblea de Extremadura por la Ley 8/2005, de 27 de diciembre. Sentencia 22/2015, de 16 de febrero de 2015, del Tribunal Constitucional que estima la cuestión de inconstitucionalidad planteada por esta Sección Segunda de la Sala Tercera y declara inconstitucionales los artículos 2 a), 6 y 8 de la Ley de la Asamblea de Extremadura 7/1997, de 29 de mayo, de Medidas fiscales sobre la producción y transporte de energía eléctrica que incidan sobre el medio ambiente, en la redacción dada a los mismos por la Ley 8/2005, de 27 de diciembre, que regulan el Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente. Estimación parcial del recurso en cuanto al Impuesto para la producción de energía eléctrica.



Puede consultar el texto completo de la sentencia en www.ksp.es   Marginal:  69344482

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