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Jurisprudencia

El TSJ de Madrid confirma la sanción de clausura de local por superación del aforo máximo permitido.

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El TSJ de Madrid confirma la sanción de clausura de local por superación del aforo máximo permitido.



Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 33 de Madrid, desestimatorio de solicitud de suspensión de la ejecución del acto recurrido.

La Sala declara que el personal rector de la mercantil recurrente, con claro menosprecio de la legalidad, posibilitó la entrada de 43 clientes más de los permitidos o autorizados, con grave riesgo de la seguridad e integridad de, nada menos, que 92 personas, además del personal adscrito al local, circunstancia ésta también recogida en la resolución impugnada.



Dicho comportamiento voluntario, que pone en entredicho y supone un menosprecio de las más elementales normas de seguridad, y que compromete tan gravemente la seguridad de los clientes, tal como apreciaron los agentes policiales actuantes, implica que, como inevitable consecuencia jurídica, se deba concluir que en el necesario e imprescindible juicio comparativo de los intereses en juicio, se deba reputar preferente el interés general y el de terceros al que tiende a salvaguardar la resolución impugnada, impidiendo situaciones de riesgo, constatadas por los agentes en el caso presente, para la seguridad de las personas, frente al particular de la recurrente.

Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es (Marginal: 2468575)



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