Connect with us
Jurisprudencia

Habiendo comunicado el despido, cabe la retractación de la empresa antes de la fecha de efectos establecida en la carta

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Jurisprudencia

Habiendo comunicado el despido, cabe la retractación de la empresa antes de la fecha de efectos establecida en la carta



Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 18 de septiembre de 2018

 



Dado que el contrato de trabajo permanece vivo mientras el despido no se hace efectivo, momento en el que se extingue y su rehabilitación requiere la voluntad de las dos partes y no de una sola, cabe concluir que la retractación empresarial producida antes de que llegue ese momento es válida y produce como efecto principal que el contrato no llegue a extinguirse.

 



El Tribunal considera que el preaviso es solamente el anuncio previo de que próximamente se va a rescindir el contrato, pero se trata sólo de un aviso, que no tiene los efectos constitutivos del despido.



Por Carmen Galán, Socio Director del área laboral de Lener.

Click para comentar
0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita