Connect with us
Jurisprudencia

La Audiencia Nacional ordena dividir la investigación al abogado Conde Pumpido y rechaza el archivo de la causa

Audiencia Nacional

Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

La Audiencia Nacional ordena dividir la investigación al abogado Conde Pumpido y rechaza el archivo de la causa

Audiencia Nacional



La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado que el Juzgado Central de Instrucción 5 envíe al Juzgado Central de Instrucción 4 una parte de la investigación sobre el abogado Cándido Conde Pumpido en un auto en el que rechaza la solicitud de éste de sobreseer las actuaciones.

La Sección Cuarta ha estimado parcialmente un recurso de Conde Pumpido en el que pedía -además del sobreseimiento rechazado- que una parte de los hechos que le atribuye el juez de instrucción 5 en el denominado Caso Bandenia (DP 115/2015) debían ser investigados por el juzgado de instrucción 4 en la denominada Operación Pompeya (DP 38/14) por conocimiento previo sobre los hechos.



En su auto, la Sala entiende que el juzgado 5 debe quedarse con la investigación relacionada con la operativa presuntamente delictiva de la entidad crediticia Bandenia y sus servicios financieros y movimientos internacionales de divisas ocultando titularidades y conceptos, encaminadas a encubrir ganancias provenientes del delito mediante el mantenimiento de una doble contabilidad y “en la que el recurrente aparece como uno de los titulados en ella con la cuenta bancaria en todo momento a él referida”. Los magistrados rechazan en este “prematuro momento procesal” el sobreseimiento solicitado, pues lo correcto es proceder a su averiguación o descarte en sede judicial, así como la diligencia de toma de declaración en calidad de investigado del recurrente, como ya ocurrió el pasado día 15 de enero.

La otra parte de la investigación, relacionada con la denominada “Operación Pompeya”, entiende la Sala que debe pasar al juzgado de instrucción 4 donde ya se investigaban esos hechos. En concreto, según el auto, la conducta del recurrente presuntamente consistió en que con conocimiento del embargo preventivo y el bloqueo de las cuentas de un grupo empresarial dedicado a la prostitución, en su calidad de abogado defensor de alguno de los implicados y aprovechando su condición de administrador único de su entidad Gestión de Proyectos Integral Gimonde SL, convino con alguno de ellos ampliar el fin social y contratar terminales de pago TPV para recibir 1.091.892 euros a través de remesas TPV que fueron en su mayor parte reintegradas a personas del meritado grupo mediante transferencias, presuntas devoluciones de préstamos o retiradas de efectivo. (Fuente: Comunicación Poder Judicial)



Click para comentar
0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita