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Jurisprudencia

La Comunidad no es responsable de la caída de un vecino que tenía conocimiento de las fechas de mantenimiento de las zonas comunes

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Jurisprudencia

La Comunidad no es responsable de la caída de un vecino que tenía conocimiento de las fechas de mantenimiento de las zonas comunes



Se desestima el recurso de apelación sostenido contra sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Chiclana de la Frontera, sobre reclamación de cantidad.

La Sala declara que sobre la indudable admisión de la causalidad de hecho, esto es, admitiendo que el actor cae y se lesiona como consecuencia de la presencia de un charco de agua cuyo origen posiblemente estuviera en los problemas que presentaba para su cierre hermético la puerta de acceso a la azotea, lo que dista de estar claro es que ello fuera imputable a la negligente actuación de la Comunidad de Propietarios.



Es evidente que siendo domingo el día 14 diciembre 2008 en que sucede el hecho, es imposible imputar a la Comunidad de Propietarios un defecto de mantenimiento o limpieza en orden a eliminar el charco. Siendo el actor vecino del inmueble, necesariamente ha de saber que si sube un domingo a las 8,30 de la mañana a la azotea, las escaleras no han sido limpiadas y/o recogidas al menos desde dos días antes. No puede esperar que estén secas y en perfecta disposición de uso, si se admite, como hace su representación letrada en la demanda, que llevaba varios días lloviendo y era conocida por la Comunidad de Propietarios la problemática del cierre de la referida puerta.

Puede leer la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2457153



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