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Legislación

Se desarrolla la Ley del juego en lo relativo a licencias, autorizaciones, registros y al procedimiento de solicitud y otorgamiento de licencias

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Se desarrolla la Ley del juego en lo relativo a licencias, autorizaciones, registros y al procedimiento de solicitud y otorgamiento de licencias



La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, establece el marco
regulatorio de la actividad de juego, en sus distintas modalidades, que se desarrolle con
ámbito estatal con el fin de garantizar la protección del orden público, luchar contra el
fraude, prevenir las conductas adictivas, proteger los derechos de los menores y
salvaguardar los derechos de los participantes en los juegos.
El ejercicio de las actividades de juego reguladas por la referida ley está sometido a la
previa obtención del correspondiente título habilitante, en particular, licencias generales y
singulares.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 segundo párrafo del Real
Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de
mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del
juego, «la Comisión Nacional del Juego establecerá el procedimiento para la solicitud y
otorgamiento de las licencias singulares».
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima de la Ley 3/2013,
de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la
Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas asume el objeto, funciones y competencias que la Ley 13/2011, de 27 de mayo,
de regulación del juego, atribuye a la extinta Comisión Nacional del Juego.
En definitiva, con la presente Resolución, se viene a dar cumplimiento a lo dispuesto
en el citado artículo 17.1, procediéndose a la aprobación del procedimiento de solicitud y
otorgamiento de las licencias singulares para el desarrollo y explotación de los distintos
tipos de actividades de juego.
La presente Resolución se dicta en sustitución de la Resolución que establece el
procedimiento de solicitud y otorgamiento de licencias singulares actualmente vigente, como
consecuencia de la necesidad de adaptar su contenido a nuevos cambios relacionados con la
implantación de la Administración electrónica, con la aprobación de reglamentaciones básicas
de nuevos juegos no regulados en el momento de la anterior Resolución, y de la conveniencia
de mejorar o modificar determinados aspectos puntuales del procedimiento.
En su virtud, y previo el informe favorable de la Abogacía del Estado de la Secretaría
de Estado de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, acuerda:
Primero.
Aprobar el procedimiento para la solicitud y otorgamiento de las licencias singulares
para el desarrollo y explotación de los distintos tipos de actividades de juego que se
acompaña como anexo I a esta Resolución.
Segundo.
Aprobar los requisitos del proyecto del sistema técnico de juego que figuran como
anexo II a esta Resolución.
Tercero.
Determinar la obligatoriedad de la presentación y tramitación de las solicitudes de las
licencias singulares a través del registro electrónico recogida en el apartado 5 del

procedimiento de solicitud y otorgamiento de licencia singulares para el desarrollo y
explotación de los distintos tipos de actividades de juego que figura como anexo I de esta
resolución.
Cuarto.
Derogar la Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la Dirección General de
Ordenación del Juego, por la que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011,
de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros
del juego, se establece el procedimiento de solicitud y otorgamiento de las licencias
singulares para el desarrollo y explotación de los distintos tipos de actividades de juego.
Quinto.
La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».



 

Puede leer el texto completo de la norma en www.bdifusion.es





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