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Legislación

Se designan las entidades seleccionadas para las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes

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Legislación

Se designan las entidades seleccionadas para las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes



Orden ESS/1665/2016, de 15 de septiembre, por la que se designan las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de asociaciones de inmigrantes y refugiados y de organizaciones empresariales. (BOE núm. 251, de 17 de octubre de 2016)

El Real Decreto 3/2006 de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009, de 10 de julio, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, dispone en sus artículos 4, 8.4 y 8.5, que este órgano colegiado estará constituido, entre otros miembros, por diez vocalías representantes de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y otras diez en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de los cuales seis representarán a organizaciones no gubernamentales vinculadas al ámbito inmigratorio, dos a las organizaciones sindicales y dos a las organizaciones empresariales más representativas, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.



El artículo 9 del citado Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, regula la designación de dichos vocales y prevé que serán designados por la Ministra de Empleo y Seguridad Social, a propuesta de la Secretaria General de Inmigración y Emigración, entre las candidaturas que aquellas hubiesen presentado y en función de los resultados del proceso de selección de dichas entidades.

Por Orden ESS/2533/2015, de 20 de noviembre, se convocó el proceso selectivo complementario al de la Orden ESS/1954/2014, de 21 de octubre, para la selección de las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de organizaciones empresariales.



Finalizado este proceso, una vez realizada la valoración de las candidaturas presentadas, mediante Resolución de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, de 20 de mayo de 2016, se hizo pública la relación de entidades propuestas para ocupar las vocalías del citado órgano colegiado, así como las excluidas y el motivo de la exclusión.



Concluido el período de alegaciones a dicha resolución, la Secretaría General de Inmigración y Emigración de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la citada Orden ESS/2533/2015, de 20 de noviembre, ha elevado a la titular de este Ministerio la propuesta definitiva de las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

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