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Se dictan normas para aplicar en España la normativa europea sobre alimentación de animales de producción con piensos animales

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Se dictan normas para aplicar en España la normativa europea sobre alimentación de animales de producción con piensos animales



Real Decreto 578/2014, de 4 de julio, por el que se dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea relativa a la alimentación de animales de producción con determinados piensos de origen animal. (BOE núm. 165, de 8 de julio de 2014)

 
A la vista de la inexistencia en la actualidad de método de diagnóstico validado que pueda detectar la presencia de material procedente de porcinos o de aves de corral en los piensos, se ha aprobado el Reglamento (UE) n.º 56/2013 de la Comisión, de 16 de enero de 2013, que modifica los anexos I y IV del Reglamento (CE) n.º 999/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, a fin de volver a autorizar el uso de las proteínas animales transformadas procedentes de animales no rumiantes y los piensos que las contienen para alimentar animales de la acuicultura.



Para ello, se fijan requisitos estrictos durante la recogida, el transporte y la transformación de estos productos a fin de evitar cualquier riesgo de contaminación cruzada con proteínas de rumiantes, así como muestreos y análisis periódicos de las proteínas animales transformadas y los piensos compuestos que las contienen, y se contemplan ciertas excepciones que los Estados miembros pueden conceder, en el capítulo III del anexo IV del Reglamento (CE) n.º 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001.

Estos subproductos serán de categoría 3 en todos los casos, debiéndose tener en cuenta que esta regulación específica no exime del cumplimiento del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y resto de normativa aplicable a dichos subproductos, y en particular, el Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.



Sin perjuicio de la aplicabilidad y efecto directo de dicho Reglamento, de aplicación desde el 1 de junio de 2013, es preciso dictar disposiciones específicas para su aplicación en España, haciendo uso o posibilitando las comentadas excepciones, y previendo el régimen sancionador aplicable.



Puede leer el texto completo de la norma en www.bdifusion.es

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