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Legislación

Se regula el pago telemático de la tasa por solicitud de nacionalidad española por residencia y por carta de naturaleza para sefardíes originarios de España

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Legislación

Se regula el pago telemático de la tasa por solicitud de nacionalidad española por residencia y por carta de naturaleza para sefardíes originarios de España



Resolución de 11 de noviembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se modifica la de 10 de enero de 2008, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia. (BOE núm. 272, de 13 de noviembre de 2015)

La Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, establece un procedimiento especial para la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España, así como a través de la disposición adicional segunda, la naturaleza telemática del procedimiento y la aplicación de una tasa devengada por el hecho de solicitar la apertura y tramitación del expediente correspondiente.



Por otro lado, el apartado 4 de la disposición adicional séptima de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil establece el pago de una tasa por la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia, que se desarrolla en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia.

Finalmente, la Resolución de 10 de noviembre de 2015 de la Dirección General de los Registros y el Notariado establece las normas sobre la gestión y el pago de la tasa por la presentación de solicitudes en procedimientos de nacionalidad española por residencia y carta de naturaleza para sefardíes originarios de España, y en la misma se aprueba el Modelo 790-Código 026 de autoliquidación de la tasa e instrucciones.



La presente resolución tiene por objeto establecer la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia 790 código 026.



A fin de proporcionar mayor facilidad al ciudadano, y en reconocimiento del derecho a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos y a efectuar pagos por estos medios, tal y como se recoge en el artículo 6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se pretende facilitar el procedimiento de pago de esta tasa por vía telemática. A tal efecto, la liquidación de la tasa se podrá efectuar a través del formulario electrónico que está a disposición de los interesados en el portal del Ministerio de Justicia.

La Resolución de 10 de enero de 2008 de la Subsecretaría de Justicia estableció el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia, por ello se considera necesario modificar esta resolución al objeto de incluir, dentro de los servicios que ofrece este Ministerio a los ciudadanos, el pago telemático de la tasa por presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia y por carta de naturaleza para sefardíes originarios de España.

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