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Abogacia.Un año decisivoLey acceso, relación laboral y ley de sociedades profesionales.

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Abogacia.Un año decisivoLey acceso, relación laboral y ley de sociedades profesionales.

La subida del SMI sin actualizar el IPREM, deja a muchos fuera del alcance de los beneficios de la Justicia Gratuita. (Imagen: Abogacía Española)



 

TEXTO DEL ARTICULO



  1. Introducción.

La Abogacía Española ha vivido pocos momentos tan importantes, tan decisivos como el actual. Y 2006 es, sin duda, una oportunidad de oro para conseguir mejorar individual y colectivamente. Los retos, en forma de leyes o normas son de primera magnitud: la Ley de Acceso a la profesión de Abogado y Procurador, la Ley de Sociedades Profesionales o la regulación de la Relación Laboral especial van a suponer cambios estructurales en el ejercicio de la Abogacía y, si acertamos en su regulación, pueden abrir un camino esperanzador a la profesión. En todos estos temas viene trabajando sin descanso el Consejo General de la Abogacía con todos los Colegios de Abogados de España.

En pocos años hemos casi duplicado el número de abogados en nuestro país. Y no sobran. Frente a los augurios de quienes señalaban que el desempleo sería el principal destino de muchos de ellos, la realidad es que la mayoría de los licenciados en Derecho que se han colegiado tienen hoy trabajo. No siempre el que deseaban pero en la mayoría de los casos es un trabajo relacionado con la profesión. También se dijo que la llegada de los grandes despachos internacionales podría acabar con los pequeños despachos de abogados. Y tampoco ha sido así. Unos y otros han ajustado su forma de trabajar y conviven sin  grandes problemas.



Pero nada de eso será posible en el futuro sin una formación mejor, en el inicio del ejercicio profesional ñlo que debe venir a cambiar la Ley de Acceso- y a lo largo de toda la carrera. He dicho en muchas ocasiones que contamos con un 30 por ciento de excelentes profesionales, que compiten con los mejores en cualquier asunto y en cualquier lugar del mundo. Luego, tenemos un 50 por ciento que ejerce su trabajo con dignidad y a satisfacción de sus clientes. El 20 por ciento restante no tiene los niveles de calidad exigibles por su cliente a un abogado que le defienda. Y hay que acabar con esto cuanto antes.



2. Ley de Acceso: La Universidad no forma abogados

Las razones son muchas, pero, principalmente, radican en la formación universitaria que reciben. La Universidad forma licenciados en Derecho y nunca, hasta ahora, ha tenido interés en formar abogados. Esa carencia, sólo cubierta de otra manera por la pasantía, llevó a los Colegios de Abogados a crear las Escuelas de Práctica Jurídica para formar abogados capaces de asistir a un juicio, presentar una demanda y, en general, poder defender a sus clientes.

Por fin, el actual Gobierno ha enviado al Parlamento una Ley de Acceso que debe acabar con una excepción vergonzante: somos el único país europeo que no dispone de un acceso controlado a la profesión de abogado. El proyecto es positivo, pero mantiene errores que el CGAE ha tratado, está tratando de corregir, con reuniones con los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios y con la remisión de enmiendas a los mismos.

¿Cuáles son los puntos básicos que deben ser objeto de cambio? La inclusión de la pasantía como vía alternativa a los cursos específicos de acceso, porque es un sistema que ha servido durante siglos para la formación de los mejores abogados; el ineludible reconocimiento de las Escuelas de Práctica Jurídica, al menos, en igualdad con la Universidad; la eliminación de la «vacatio legis´´ de seis años, desmesurada y contradictoria con el espíritu de la propia ley; la desaparición de la figura del «informador legal´´, que nadie sabe lo que es ni para qué sirve, pero que usurpa una labor propia del abogado; y, finalmente, dar a las prácticas un valor sustancial ya que, según el texto legal, deberán constituir «un tercio como máximo del contenido formativo de los cursos´´. Una interpretación extrema de la ley permitiría que estos cursos tuvieran un día, una semana o un mes de formación práctica, cuando ésta debe ser la parte básica y más extensa de los cursos. En todo caso, la parte práctica debe ser mucho más que ese tercio.

¿Por qué es indispensable esta Ley de Acceso? No es por los abogados, aunque queremos elevar su nivel de calidad. Tampoco por tratar de instaurar un «numerus clausus´´. Nunca nos lo hemos planteado; somos una profesión liberal abierta a la competencia. La única razón es garantizar al ciudadano un derecho constitucional: el derecho a la defensa. Si ese derecho lo ejerce en su nombre un abogado mal preparado, ese derecho no existe o, lo que es peor, puede tener consecuencias negativas muy graves.

3. Ley de Sociedades Profesionales

Casi simultáneamente el Gobierno ha puesto en marcha otra Ley para regular las sociedades profesionales, una nueva forma de agrupación, que afecta a muchos abogados. Yo valoro de forma positiva el proyecto. Hace mucho que necesitábamos una configuración colectiva del trabajo profesional. Sin embargo, debe mejorar en muchos de sus apartados ya que se trata de una ley básica, muy escueta, que podría haber sido más valiente.

Es cierto que todo cambio tiene riesgos, pero no lo es menos que el riesgo controlado es, casi siempre, una oportunidad de mejora.

El preámbulo de la ley explica de forma deficiente cuales son las necesidades que en este momento tienen los colectivos profesionales y los propios profesionales, individualmente, para ejercer. No obstante, el texto sirve a los intereses de conformar verdaderas sociedades profesionales que no estén a disposición del capital en cuanto a las prestaciones que realizan, tengan o no relación con los derechos fundamentales, y que va a permitir la contratación directa de servicios profesionales a cargo de un colectivo.

Y es acertada la concepción de la libertad asociativa, es decir la libertad de conformar la sociedad en cualquier forma válida en derecho añadiéndole la cualificación de profesional, o la existencia de Registros en los Colegios Profesionales. Gracias a ellos, vamos a tener constancia clara y obligatoria de cuántas sociedades profesionales están ejerciendo la profesión y quiénes son los profesionales que integran esas sociedades. Con estos medios los Colegios profesionales podrán  cumplir su responsabilidad pública de mantener la deontología profesional indispensable también en el ejercicio societario de la profesión.

4. Relación Laboral Especial

Quizá el aspecto más controvertido sea el de la regulación de la Relación Laboral especial de los abogados. Ha habido errores de fondo en la formulación jurídica de este asunto, que han sumido en inseguridad jurídica a muchos compañeros. Pero, salvado ese aspecto importantísimo, también estamos ante una oportunidad básica para el colectivo.

El Consejo General de la Abogacía Española se ha reunido en un Pleno Extraordinario con los máximos responsables de la Administración en este asunto, les ha hecho llegar sus dudas y sus reivindicaciones y, simultáneamente, ha creado una Comisión, formada por 24 representantes de los Colegios de todas las comunidades autónomas, que está estudiando todos los aspectos del problema y que, lo antes posible, presentará sus conclusiones a la Administración.

Lo dicho para la Ley de Sociedades profesionales nos vale también para la RLE: si acertamos en esa regulación, despejaremos algunas nubes del horizonte, pondremos fin a una situación incierta y haremos más fácil la organización del trabajo profesional. Muchas otras profesiones han llamado a las puertas de la Administración pidiendo también para ellas esa regulación especial.

El panorama, pues, es de trabajo permanente y de esperanzado optimismo. Durante todo este tiempo, como presidente del Consejo General de la Abogacía Española, acompañado por sus órganos representativos, he venido manteniendo contactos y reuniones permanentes con la Administración para hacer llegar las reivindicaciones del colectivo.

5. Justicia Gratuita

Lo hemos hecho, y lo estamos haciendo, en este y en otros temas de enorme importancia como, por ejemplo, la defensa, promoción y consolidación de los Turnos de Oficio, como expresión de la actividad más noble, básica y comprometida de la Abogacía: la Justicia Gratuita. Y tenemos que mejorar en ese campo porque surgen algunos intentos de controlar desde fuera de la Abogacía este asunto, que podrían tener graves consecuencias para los ciudadanos. Los Colegios de Abogados de toda España, han sido pioneros en la puesta en marcha de casi todos los servicios sociales jurídicos actualmente en funcionamiento y trabajan constantemente en la mejora de la calidad  y de la formación permanente de los abogados que prestan sus servicios en el turno de oficio, así como en el control deontológico de ese ejercicio, en garantía del derecho fundamental a la defensa.

Hemos mostrado ya nuestro rechazo a una posible modificación del modelo de asistencia gratuita, manifestando, al mismo tiempo, nuestra disposición a hablar de cualquier otro aspecto que pueda servir para mejorar la prestación del servicio a los ciudadanos.

6. Derecho de defensa

Lo hemos hecho en el apoyo y defensa de nuestros compañeros cuando el ejercicio de la legítima defensa se ha visto obstaculizado o dificultado por problemas estructurales, falta de medios, etc. Estamos trabajando en Europa, para defender también allí los intereses de los abogados españoles y lo vamos a seguir haciendo en España. Tenemos que trabajar en potenciar la labor de los Colegios Profesionales y de los órganos colegiados y, tal vez, es el momento de emprender una renovación profunda de nuestra profesión.

 

7. Modernización tecnológica de la Abogacía

 

A la modernización de nuestra profesión va a contribuir de manera clara el proyecto tecnológico que, con el apoyo de IT-CGAE están poniendo en marcha todos los Colegios de Abogados de España. Gracias a él vamos a hacer más fácil el trabajo de los abogados, más accesible cualquier gestión con las distintas Administraciones y más efectivo y rápido el proceso para los ciudadanos, mejorando así tanto la calidad de los servicios que presta la Abogacía  a la sociedad como la productividad del trabajo de los abogados.. Desde la solicitud de un pase de prisiones, a la gestión de los beneficios de la Justicia Gratuita, las ya no tan nuevas tecnologías, van a cambiar el trabajo de los abogados en beneficio de los ciudadanos.

En estos momentos, hay ya 76 Colegios de Abogados incorporados al proyecto, con más de 100.000 abogados. Se han repartido 50.000 carnés colegiales con firma electrónica y están disponibles ocho nuevos servicios telemáticos para ayudar al abogado a ejercer la profesión a través de Internet, para lo cual hemos impartido ya, en una primera fase, más de 10.000 curso de formación en el ejercicio telemático de la profesión.

La firma electrónica de la Abogacía, que acredita fehacientemente la condición de abogado, ha sido reconocida ya por dieciséis Administraciones públicas y está en proceso de ser reconocida pro otras veinte, poniendo así a disposición del abogado la totalidad de los servicios telemáticos que ofrece la Administración pública, simplemente con el nuevo carné colegial con firma electrónica. Adicionalmente, tenemos varios proyectos en marcha de colaboración con las Administraciones públicas para el desarrollo de aplicaciones informáticas que simplifiquen los trámites que deben realizar los ciudadanos y permitan agilizar los procedimientos o los expedientes judiciales. 

 

8. La percepción de los ciudadanos

 

En ese sentido, el último Barómetro Externo de la Abogacía, realizado por segunda vez por el CGAE, señala que en los últimos tres años se ha producido un llamativo aumento en la proporción de los españoles que han utilizado alguna vez los servicios de un abogado: un 53 por ciento en 2005 frente a un 38 en 2002 (en 1978 suponían tan sólo un 23 por ciento). El grado de utilización de los servicios viene a ser paralelo en todos los sectores sociales. Dicho de otro modo, la accesibilidad a los servicios de un abogado aparece, dentro del sistema jurídico, como la que en mayor medida tiende a ser cada vez más interclasista.

La imagen de la Abogacía entre la población es claramente positiva y llamativamente homogénea, aunque quienes han acudido alguna vez al abogado, tienen mejor opinión sobre la profesión. La confianza y la entrega son los dos aspectos más valorados en la relación. Entre los usuarios la satisfacción con los servicios del abogado es calificada con una media de 6,9, alzándose hasta un 7,9 en la valoración de aspectos como la atención y el trato recibido. El interés y dedicación al asunto obtiene un 7,1, la satisfacción con el resultado conseguido un 6,9 y la valoración respecto de los honorarios devengados alcanza un 6,5.

Los abogados, con una puntuación de 5,08, inspiran una mayor confianza que otras instituciones o grupos sociales, como los sindicatos valorados con un 4,88; la televisión, con un 4,22; o los partidos políticos, con un 3,12. La ciudadanía (52 por ciento) considera que la Abogacía es una profesión moderna, que contribuye a la armonía social y que es necesaria para la consolidación de la Justicia, la democracia y la paz social.

Todos estos datos indican que los ciudadanos nos consideran bien y que se muestran satisfechos, incluso, de los honorarios que cobramos. Los Colegios de Abogados y el propio Consejo General, estamos obligados a garantizarles que los abogados son una profesión que lucha por la calidad, que apuesta por la formación inicial y permanente y que puede ejercer con solidez el mandato que le otorga la Constitución.

Decía Albert Camus, que «si un hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo´´.  Nuestra obligación es hacer más fácil y más segura la justicia a los ciudadanos y creemos que estamos trabajando para avanzar en ese camino.

 

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