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Cómo deben actuar los abogados según los jueces

Tiempo de lectura: 11 min



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Cómo deben actuar los abogados según los jueces

Siro López en el directo, en su canal de Twitch, en el que haría "estallar" el caso. (IMAGEN: TWITCH)



¿Qué debe hacer un abogado en sala? ¿Qué no debe hacer nunca en un escrito? Este informe da respuesta a estas cuestiones a través de la visión de los magistrados obtenida a partir de 149 entrevistas con jueces de diferentes provincias de España.
Desde Economist & Jurist queremos trasmitir nuestro más profundo agradecimiento a todos los jueces y magistrados que han participado en este estudio con el objetivo de fortalecer la actuación de nuestros letrados.
Este informe recoge algunas de las muchas opiniones manifestadas por multitud de jueces de toda España, muchos de los cuales han preferido mantener su anonimato pero que no han querido perder la oportunidad de manifestar su opinión a Economist & Jurist.

I. Pedro Tuset del Pino. Magistrado Juez



cómo debe actuar un abogado en sala

–– La claridad y la brevedad en la exposición debe ser la norma y nunca la excepción. Contribuirá de manera sólida a un mejor entendimiento de lo pedido.
–– Deberá tanto el abogado como la parte abstenerse de perturbar la vista durante el proceso, causa u otro acto judicial, dando señales ostensibles de aprobación o desaprobación, faltando al respeto y consideraciones debidas a los jueces, tribunales, Ministerio Fiscal, los restantes abogados, procuradores, secretarios judiciales, médicos forenses o resto del personal al servicio de la Administración de Justicia.
–– Los abogados, cuando sean llamados al orden en sus alegaciones, deberán obedecer a lo ordenado por el presidente del tribunal o juez.
–– La proposición de los medios probatorios debe encaminarse exclusivamente, a la búsqueda de la verdad material y las conclusiones deberán estar relacionadas exclusivamente con la valoración de las pruebas practicadas.



Lo que un abogado debe hacer en un escrito



–– El abogado deberá poner especial celo en el cumplimiento de los plazos procesales que, no sólo son improrrogables, sino fatales.
–– El abogado debe renunciar al ejercicio de peticiones, incidentes y excepciones formuladas con finalidad dilatoria, así como a cualquier actuación que entrañe abuso de derecho o fraude de ley.
–– El abogado deberá huir de los escritos farragosos, poco o deficientemente estructurados.
–– En las demandas y demás peticiones resulta trascendental en orden a dictar una sentencia adecuada en derecho, fijar con precisión los hechos, la acción ejercitada y lo pedido.

II. Susana Jiménez. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Algeciras

cómo debe actuar un abogado en sala

–– No llegar tarde nunca.
–– No hablar bajo.
–– No leer.
–– Trato respetuoso en todo momento.
–– Vestir la toga de forma seria y respetuosa: camisa y corbata (sin arremangarse, sin polos de colorines…..).
–– En su caso, breve explicación de los medios de prueba propuestos.
–– Citar correctamente la jurisprudencia.

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– Hacer exposición detallada de los Hechos y Fundamentos de Derecho con precisión y rigor.
–– Comprobar la debida correspondencia entre lo solicitado en el cuerpo de la demanda y el suplico.
–– Las solicitudes a través de OTROSI deben estar debidamente fundamentadas y realizarse con la debida precisión y claridad.
–– En las audiencias previas debe examinarse las cuestiones enumeradas en el art. 414 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el orden previsto en los arts. ss.
–– En la contestación a la demanda debe seguirse, en lo posible, el orden correlativo de la demanda.
–– Identificación del Letrado.
–– Cuidar la redacción y las faltas de ortografía.
–– Citar correctamente la jurisprudencia.
–– En las contestaciones a la demanda, deben anunciarse y desarrollarse en forma separada y detallada las excepciones procesales.

IV. Purificación Pujol. Juez de Madrid

cómo debe actuar un abogado en sala

–– Debe hablar alto, claro y con convicción.
–– No debe leer nada. Está terminantemente prohibido la lectura en Sala, debe ser todo oral.
–– Debe hablarle al Juez, no al público ni a su compañero. A quien debe convencer es al Juez.
–– Debe entrar con la toga puesta no vestirse en Sala.
–– No debe decir un coloquial “hola” sino un sonoro “buenos días”.
–– Si saluda al despedirse dando la mano al Juez también debe darla al Secretario (es un desprecio que el Secretario tiene muy en cuenta).
–– Qué no se le ocurra mascar chicle.
–– Que recuerde pedir la venia antes de empezar cada intervención.
–– Cuando termine que diga: “Eso es todo señoría” (o algo parecido) que no se quede simplemente callado.
–– Que mantenga las formas en todo momento y que no use palabras malsonantes para referirse a la intervención de su compañero.

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– Toda buena demanda o contestación nunca es de más de diez folios.
–– Que no escriba párrafos enteros ni frases enteras en mayúsculas.
–– Que la letra sea suficientemente grande como para que no cueste su lectura.
–– No debe adjuntar jurisprudencia como documental. Eso se da al final a titulo ilustrativo.
–– Que no presente escritos que sean fotocopia de fax y que no estén suficientemente intensa la tinta.
–– Que firme los escritos y si su firma es ilegible que ponga al lado su nombre, apellidos y número de colegiado.
–– Que sea claro, conciso breve.
–– Que no se dedique a “copiar y pegar” y lene folios de jurisprudencia.
–– Que sea ordenado en la descripción de los hechos.
–– Que no olvide solicitar en el suplico las costas y los intereses (si es que consta en los Fundamentos de Derecho).

V. Jose Luis Gil Ibáñez. MAGISTRADO ESPECIALISTA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATI VO

cómo debe actuar un abogado en sala

–– No ha de hablar si, previamente, no se le concede la palabra.
–– No ha de interrumpir al Presidente del Tribunal, a los otros Letrados ni a quienes estén declarando.
–– No ha de hacer exposiciones prolijas ni largas en el tiempo.
–– No ha de leer preceptos legales.
–– No ha de esquivar la mirada del Tribunal.
–– No ha de “sobreactuar”.
–– No ha de hacer gestos despectivos o de otro género ante otras intervenciones.
–– No ha de vestir sin respetar lo que representa el órgano judicial o de forma ofensiva para los demás.
–– No ha de inventarse citas jurisprudenciales, por más que luzcan su exposición.
–– No ha de realizar las exposiciones con falta de claridad.
–– No ha de formular preguntas largas ni equívocas.
–– No ha de cuchichear con los compañeros.
–– No ha de elevar el tono, sin perjuicio de dar a cada frase la entonación precisa.
–– Tampoco ha de utilizar un lenguaje ofensivo.
–– No ha de hablar de modo incomprensible, ni muy rápido ni muy despacio.
–– No ha de levantarse ni ausentarse sin el permiso del Tribunal.
–– No ha de sentarse de forma inadecuada ni de arrellanarse en la butaca, por más que el juicio se alargue o carezca e interés.
–– No ha de jugar con el bolígrafo o similar.
–– No ha de mascar chicle o comer caramelos.
–– No ha de evidenciar una falta de preparación, tanto material como jurídica.
–– No ha de ser desleal.
–– No ha de efectuar ninguna grabación o similar por medios electrónicos o de cualquier tipo ni tomar fotografías sin la expresa autorización del tribunal.
–– No ha de vulnerar las normas sobre publicidad de las actuaciones.
–– No ha de intentar amedrentar al Tribunal con el anuncio de hipotéticas actuaciones posteriores ante otros Tribunales.

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– No ha de confundirse al identificar el órgano judicial al que se dirige.
–– No ha de olvidar los plazos en los que el escrito puede presentarse.
–– No ha de equivocarse en el sitio donde presenta el escrito.
–– No ha de omitir o equivocar los datos identificativos del proceso correspondiente o de las partes.
–– No ha de mezclar los hechos y los fundamentos jurídicos.
–– No ha de alterar la correcta y normal relación cronológica de hechos ni, en su caso, la correspondencia con los documentos obrantes en las actuaciones o que se aportan con el escrito.
–– No ha de olvidar acompañar los documentos que dice adjuntar.
–– No ha de aportar documentos no anunciados o distintos de los anunciados.
–– No ha de incluir análisis jurídicos en los hechos.
–– No ha de prescindir de hacer referencia a los fundamentos jurídico-procesales: competencia de la jurisdicción, del órgano judicial, legitimación y postulación, etc., según los casos.
–– No ha de incluir citas parciales, alteradas o mutiladas de preceptos legales o de jurisprudencia.
–– No ha de reiterar los argumentos.
–– No ha de exponer los argumentos jurídicos en cualquier orden o variando el orden lógico de examen.
–– No ha de dejar para el final las excepciones procesales.
–– No ha de omitir, por regla general, un último fundamento a modo de conclusión.
–– No ha de omitir tampoco una referencia a la imposición de costas procesales.
–– En el caso de reclamaciones dinerarias, no ha de formular una pretensión global, sin detalle ni fundamentación de cada partida.
–– No ha de omitir el suplico.
–– En el suplico, no debe olvidarse de todas las pretensiones ejercitadas.
–– También en el suplico, no debe añadir a las pretensiones ningún argumento jurídico.
–– En el caso de ejercitar diversas pretensiones, no debe olvidar exponerlas por su orden, indicando, si procede, su carácter alternativo o subsidiario.
–– No ha de prescindir, en su caso, de la pretensión relativa al devengo de intereses.
–– No ha de olvidar consignar los otrosíes que procedan.
–– No ha de prescindir de la finalidad de cada escrito en cada momento procesal.
–– Con carácter formal, no debe utilizar un tipo de letra pequeño ni un inter espaciado mínimo.
–– Tampoco ha de emplear un continuo cambio de tipo de letra, abusar de la negrita o de la cursiva.
–– No ha de abusar de citas doctrinales.
–– No ha de olvidar acompañar las copias necesarias.
–– No ha de omitir el lugar, la fecha ni, principalmente, las firmas precisas.
–– No ha de descuidar el sellado de la copia de escrito presentado.
–– Si remite el documento por un medio electrónico, no ha de olvidar verificar que se ha enviado en su integridad y constatar su recepción.
–– No debe obviar la máxima de que lo bueno, si breve, dos veces bueno.

VI. Magistrado de la Audiencia Provincial de Navarra de modo general

–– Quebrantar las exigencias propias de la dignidad de su función en los ámbitos esenciales de la misma: asesoramiento,consejo jurídico, dirección causídica y defensa.
–– Actuar contradictoriamente con las exigencias de la buena fe procesal.
–– Promover peticiones, incidentes, excepciones formuladas con manifiesto abuso de derecho, o que entrañen fraude de ley o procesal.

–– Presentar cualquier medio de prueba obtenido directa o indirectamente con vulneración de los derechos o libertades fundamentales.
–– Comprometer, por no actuar con el exigente cuidado requerido, el deber de guardar secreto de todos los hechos o noticias de que conozcan por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional.
en las audiencias
–– No observar la debida compostura, comenzando por los requerimientos elementales, en cuanto a la presentación ante el Tribunal, no sólo por el respeto debido a la solemnidad de la actuación, sino para visibilizar el carácter simbólico del ejercicio de su esencial función, para la realización práctica del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho de defensa.
–– Comportarse sin observar una coherente actuación, exigida por los requerimientos propios de la dignidad de su función, de modo que pueda trascender la sensación de la actuación con desdén, desinterés, desapego, con alejamiento a la actitud de presteza y atención que requiere el compromiso con el ejercicio de su actividad en el ámbito señalado, trasladando una actitud de desaire.
–– Exteriorizar una actitud de descortesía, arrogancia, altivez, altanería con el tribunal, o cualquier persona que intervenga o se relaciona con el proceso.
–– Recurrir a la vulgaridad, la ordinariez, la desconsideración, la rudeza, la indelicadeza, la ramplonería y la tosquedad en sus intervenciones, de cualquier naturaleza que éstas sean.
–– Actuar con descaro, descomedimiento o insolencia ante los requerimientos del Tribunal, o para dirigirse a las otras partes en la audiencia, o a quienes sin serlo intervienen en cualquier modo en la misma.

lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– Además de las expresadas precedentemente en relación con las audiencias, en cuanto sean de aplicación a las actuaciones por escrito; el descomedimiento, la exageración, el exceso, la desproporción, en definitiva la demasía, en la formulación de escritos, alegaciones, recursos, etc.… Especialmente, si se repara en que la actuación meramente mecanicista de las herramientas informáticas facilitan la desmesura.

VII.D. Alejandro Galán. Juez magistrado del juzgado de violencia sobre la mujer nº1 de Madrid

cómo debe actuar un abogado en sala

–– Los abogados deben mantener una imagen respetable.
–– No tutear, estás hablando o interrogando a alguien.
–– En acto del juicio: las partes demandantes no deben contar todo lo expuesto en la demanda otra vez, solo deben señalar las novedades y ratificar la demanda.
–– En los interrogatorios solo deben hacer preguntas concretas y muy sencillas y sobretodo no preguntar cosas ya contestadas.
–– En los interrogatorios no se debe interrumpir cuando pregunta el contrario, ni se debe dialogar con la persona a la que se interroga.
–– Si cabe que las partes puedan llegar a un acuerdo no esperar a estar en la sala, cerrarlo antes.
–– Es muy importante que si están valorando la posibilidad de conformarse con la pena que piden por los hechos, se hable antes con el Ministerio Fiscal, ya que hay veces que no lo dicen hasta el final y no disfrutan de una rebaja de la pena.
–– No repetirse en el juicio
–– Solicitar el recibimiento a prueba (se suelen olvidar).

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– El suplico debe concordar con las entradas de las demandas.
–– Es muy importante que este estructurado, que se detalle.
–– Ahora con los delitos económicos e informáticos es necesario que se expliquen muy bien a los jueces, ya que estos los desconocen.

VIII. D. Alfredo Muñoz Naranjo, Magistrado-Juez

cómo debe actuar un abogado en sala

–– El abogado debe evitar mostrarse agresivo o iracundo con la parte contraria o su Letrado o con el resto de los miembros del tribunal.
–– El abogado debe evitar informes o intervenciones farragosas, difusas, confusas y oscuras. Por el contrario, debe ser breve, claro y preciso.

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– Evitar escritos extensos ya que pueden invitar al lector a escoger la alternativa de leer una buena novela. Todo lo que no sea breve, claro y preciso debe podarse sin contemplaciones por superfluo (yo de hecho iba a poner “innecesario y superfluo”, sin embargo si superfluo ya significa innecesario puedo ahorrarme un adjetivo).
–– Deben evitarse a toda costa los excesos verbales, propios de los escritos hechos en caliente, que signifiquen ataques personales a la parte contraria y a su Letrado o al juez.

IX. Jose Enrique Sánchez- Paulete. Magistrado Juez de Primera Instancia nº2 Alcalá de Henares

–– Debe ser capaz de explicar la cuestión que somete a decisión judicial.
–– Tanto desde un punto fáctico como jurídico determinar con claridad la tesis que defienden.
–– Enumerar los argumentos en su favor de mayor a menor importancia con brevedad y concisión.
–– Concluir con una breve síntesis lo expuesto.
En resumen ordenar, brevedad y claridad. Como primer operador jurídico le corresponde iluminar la oscuridad con la linterna del derecho.

X. Magistrado juez de Alcalá de Henares

cómo debe actuar un abogado en sala

–– No debe ser oscuro ni confuso.
–– No debe pedir pruebas inútiles o impertinentes.
–– No debe enfrentarse con la otra parte ni con los testigos ni con los peritos.
–– No debe leer sino informar de memoria.
–– No debe interrumpir a nadie mientras no tenga el uso de la palabra.
–– No debe corregir al Juez ni a las demás partes.
–– No debe mostrarse irrespetuoso.
–– No debe divagar.

Lo que un abogado debe hacer en un escrito

–– No debe ser oscuro ni incomprensible.
–– No debe dar rodeos ni coloquios.
–– No debe adornar los escritos con frases alambicadas.
–– No debe enfrentarse al contrario ni verter frases irrespetuosas.
–– No debe ser incongruente con lo pedido.
–– No debe ser desordenado en la exposición.
–– No debe extenderse más allá de lo estrictamente necesario para que se entienda su posición y lo que pide.

XI. Magistrado juez de Alcalá de Henares

cómo debe actuar un abogado en sala

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