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El peligro de las redes sociales y sus principales consecuencias juridicas

Tiempo de lectura: 4 min



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El peligro de las redes sociales y sus principales consecuencias juridicas

(Imagen: María Jesús del Barco)



 

1. Introducción
La publicación de fotografías en redes sociales como Facebook resulta asombrosamente  sencilla, asequible para cualquier persona con conocimientos básicos de Internet y muy similar al procedimiento de adjuntar un documento a un correo electrónico. Las redes sociales, además ofrecen habitualmente al usuario la posibilidad de alojar cuantas imágenes quiera, permitiéndole acceder a ellas desde cualquier parte del mundo y en cualquier momento, así como compartirlas con sus amigos y familiares al instante; sin duda, facilidades que llevaron al amigo del becario a publicar sin demora la divertida fotografía de Halloween, sin detenerse a reflexionar en las consecuencias desastrosas que se derivarían de ello.
La publicación de la fotografía llevó a Kevin a perder inmediatamente el control sobre su privacidad; al subir la imagen a la red social, su amigo la puso inconscientemente a disposición de un público potencial de más de 500 millones de usuarios de Internet que podían, a su vez, copiarla, descargarla y volverla a publicar en decenas de otras redes, blogs o páginas web. A esta capacidad de distribución de la información se le denomina capacidad viral o “viralidad” y, si bien puede ser utilizada para hacer llegar un mensaje comercial o político en cuestión de horas a millones de personas, faltaron minutos para que la fotografía de Kevin vestido de campanilla de Peter Pan descansara sobre el escritorio de su jefe. Naturalmente, Kevin fue despedido con efecto inmediato.
Las redes sociales en Internet son sistemas globales de relaciones entre individuos, que replican y maximizan las estructuras sociales existentes en la vida real o analógica. Las diferencias más notables entre las redes sociales digitales y las analógicas son la inmediatez, la cercanía (al menos virtual) y el alcance del mensaje. De entre todas las digitales, Facebook representa el exponente más notable, con más de 200 millones de miembros en todo el mundo, de los cuales 8 millones son españoles, y cuyo número de usuarios aumenta cada año en más de un 120%. Sin embargo, Facebook no es la única red, ni la que mayor crecimiento está experimentando en España, pudiendo mencionarse a título meramente ejemplificativo otras como Tuenti, LinkedIn o Twitter.
Todas estas redes ofrecen plataformas excepcionales, tanto genéricas como especializadas en función de la temática, los gustos, profesiones o edad de los usuarios, en las que crear y mantener comunidades abiertas, públicas, privadas o incluso secretas. El perfecto anonimato que confiere el conocimiento avanzado de las redes ha dado lugar a su uso constante y repetido por organizaciones criminales de pederastas y terroristas, que protegen sus conversaciones y el tráfico de archivos bajo la seguridad de grupos privados, protegidos bajo contraseñas, con ingreso restringido de nuevos miembros y alojadas en terceros países de difícil acceso legal. Naturalmente, este uso no suele ser obvio y su localización y supresión habitualmente se debe a fallos técnicos del sistema, soplos internos o usuarios infiltrados. No obstante, a pesar de que el grupo se localice, la identidad de sus miembros queda oculta bajo perfiles falsos, creados desde ubicaciones públicas y usados a través de extensas redes de proxis, sitos en países con legislaciones laxas que hacen prácticamente imposible su identificación positiva.
2. Los problemas que puede acarrear el mal uso de una red social
Pero el fenómeno de la ocultación de identidad no es exclusivo de los grupos criminales, sino que afecta a un elevado número de perfiles de redes sociales. Arguyendo motivos de seguridad e intimidad, el uso de datos falsos es alentado y apoyado por organizaciones de internautas, especialistas de la privacidad y medios de comunicación. Actualmente, resulta complicado tener la certeza de estar conversando a través de una red social con una persona cuyo perfil se corresponda fielmente a la realidad.
La suplantación de identidad está igualmente a la orden del día en las redes sociales. M.A. Pérez, un conocido abogado de Madrid, narra a través de su cuenta de Twitter cómo hace unas semanas se había encontrado con su propia fotografía ilustrando el perfil de otro usuario en LinkedIn, una red social de profesionales. Afortunadamente, este abogado pudo percatarse del hecho a tiempo, gracias a que contaba con perfil en esta red y a que localizó, casi por casualidad, a esta otra persona. Sin embargo, si no hubiese sido usuario de la red social, probablemente nunca se hubiera percatado de la usurpación de identidad y el suplantador seguiría ahora haciendo uso de su imagen.
Algo parecido le sucedió a Alonso H., quien descubrió que un falso abogado estaba utilizando sus datos profesionales, que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico le obliga a tener publicados en su página web, como propios para prestar supuestos servicios jurídicos a los clientes de una sociedad inexistente. Tras recibir la primera llamada de uno de estos clientes defraudados por el falso abogado, Alonso puso los hechos en conocimiento de la policía. Este riesgo de suplantación de identidad profesional que antes se producía de forma puntual, ahora es inherente a las redes sociales debido a su estructura de celdillas especialmente diseñada para alojar y publicar datos de carácter personal y profesional de sus usuarios, de tal forma que cualquier persona pueda rescatar y construir en pocos minutos un perfil completo y usarlo como propio.
Una parte fundamental de la actividad de los usuarios en las redes sociales lo configuran los mensajes de estado, que son pequeñas frases de 140 caracteres aproximadamente, a……….



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