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Casos de éxito

Ejecución dineraria por impago de pensión compensatoria acordada en sentencia firme de separación

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Casos de éxito

Ejecución dineraria por impago de pensión compensatoria acordada en sentencia firme de separación

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El caso


Supuesto de hecho.

Parla (Madrid), 01-05-2008

Doña Carmen y Don Vicente contrajeron matrimonio y finalmente se separaron judicialmente, resultando sentencia de  fecha 21 de marzo de 2007 por la que se aprobó convenio regulador, en el que se obligaba Don Vicente a pagar a Doña Carmen en concepto de pensión compensatoria la cantidad de 300€ mensuales, actualizados al IPC.



 

En marzo de 2008 se inició procedimiento de divorcio contencioso con modificación de medidas de separación, pero Doña Carmen solicitaba el mantenimiento de dicha pensión. Sin embargo, en el transcurso de dicho procedimiento, Don Vicente no había abonado dicha cantidad desde marzo a mayo de 2008, a pesar de que Doña Carmen se lo había reclamado en diversas ocasiones. Así pues, la cantidad adeudada era de 937,80€.



 




Objetivo. Cuestión planteada.

La clienta es Doña Carmen y su objetivo es que Don Vicente le pague las cantidades que adeuda en concepto de pensión compensatoria.


La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado pasa por alegar el carácter firme y ejecutivo de la sentencia de separación, en la que se obliga a Don Vicente al pago de dicha pensión, presentando la documental pertinente; así como justificar que el inicio del procedimiento de divorcio no interrumpe por sí mismo las medidas adoptadas en la separación.

El procedimiento judicial
Orden Jurisdiccional: Civil
Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia nº6 de Parla
Tipo de procedimiento: Ejecución de títulos judiciales
Fecha de inicio del procedimiento: 09-06-2008
Partes

 

Parte ejecutante

  • Doña Carmen

Parte ejecutada

  • Don Vicente

 

Peticiones realizadas

 

Parte ejecutante

  • Que se despachara ejecución contra los bienes y rentas de Don Vicente en cuantía suficiente para cubrir la cantidad adeudada de 937,80€, en reclamación de la pensión compensatoria correspondiente a los meses impagados, más las cantidades que fueran adeudándose por vencimiento de nuevas pensiones, junto con la cantidad de 280€, que inicialmente se presupuestaban en concepto de intereses y costas de la ejecución, salvo ulterior liquidación, procediéndose directamente al embargo de bienes del ejecutado, sin necesidad de requerimiento previo, todo ello con expresa impsición de las costas procesales.
  • Que se impusiera una multa coercitiva mensual por importe de 62€, teniendo en cuenta que la cuantía impagada era de 312,60€ mensuales.

 

Argumentos

 

Parte ejecutante

  • Que en fecha 21 de marzo de 2007 se dictó sentencia en procedimiento de separación de mutuo acuerdo por la que se aprobó convenio regulador, en el que se obligaba Don Vicente a pagar a Doña Carmen en concepto de pensión compensatoria la cantidad de 300€ mensuales, actualizados al IPC.
  • Que Don Vicente no había abonado dicha cantidad desde marzo a mayo de 2008. Así pues, la cantidad adeudada era de 937,80€.
  • Que Doña Carmen había reclamado en varias ocasiones estas cantidades a Don Vicente, resultando infructuosas dichas peticiones, y ésta se había visto en la obligación de acudir al Juzgado puesto que el pronunciamiento judicial era firme y ejecutivo.
  • Que en la actualidad se seguía procedimiento de divorcio contencioso con modificación de medidas, habiendo solicitado Doña Carmen el manteniiento de dicha medida definitiva, coincidiendo las fechas de impago de la pensión compensatoria con el inicio de dicho procedimiento, que en nada afecta al pronunciamiento firme de la sentencia de separación y que si en un futuro se viera alterado tampoco tendría efectos retroactivos.

 

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Documental aportada

 

Parte ejecutante

  • Copia de sentencia de separación

 

Prueba

 

Parte ejecutante

  • Documental, por lectura de los documentos aportados con la demanda.
  • Designación de los bienes propiedad del ejecutado conocidos (listado aportado en demanda)
  • Más documental: que se librase oficio a barias entidades bancarias con el fin de que procedieran a al retención del saldo correspondiente en las cuentas que obrasen a nombre de Don Vicente en la cantidad suficiente objeto de embargo.

 

Resolución Judicial

Fecha de la resolución judicial: 09-07-2008

Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El Juzgado de Primera Instancia nº6 de Parla resolvió mediante Auto:

  • Despachar ejecución frente a Don Vicente por las cantidades de 937,80€ en concepto de principal, más 280€ calculados inicialmente para intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
  • Se declaraban embargados como propiedad del ejecutado Don Vicente y en cuanto se estimaban bastantes a cubrir las necesidades por las que se despachaba eecución: saldos de dos cuentas corrientes.

Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El Auto se basó en los siguientes fundamentos de Derecho:

  • El titulo presentado llevaba aparejada ejecución, siendo la cantidad reclamada determinada y líquida.
  • El escrito reunía los requisitos exigidos por el artículo 549.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con los presupuestos procesales exigidos en el artículo 551 de la misma ley, y la medida de embargo solicitada era la adecuada en una reclamación dineraria.
Jurisprudencia
Jurisprudencia (Enlaces)

 

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