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Editorial

La triste realidad del legislador: unidades aisladas y desconexas

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Editorial

La triste realidad del legislador: unidades aisladas y desconexas

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En el Digesto (Digesto Libro I, Tit. I 1, 1) se dice de los abogados <<Quis nos sacerdotes appelet; iustitiam namque, colimus, et boni et aequi  notitiam profitetemur, aequum ab inicuo separantes, licito ab illicito dicernentes>>. Alguien nos llama sacerdotes porque cultivamos, trabajamos, nos ennoblecemos al servicio de la justicia. Separamos lo ilícito de lo lícito, discernimos lo equitativo de lo inicuo (no equitativo).



El abogado es un profesional  obligado por la grandeza e importancia de su función, a mantener su conocimiento jurídico actualizado y en continúo  crecimiento. No sólo debe aprender de la práctica, de su experiencia directa, sino que debe aprovechar y nutrirse también de la experiencia que a través de los años, de los siglos,  otros abogados, otros juristas, han acumulado.

El abogado como hemos dicho debe  mantener su conocimiento jurídico actualizado y en constante crecimiento, y para ello también está obligado a conocer  con inmediatez las nuevas normas que el legislador promulga.  Lamentablemente, con mucha frecuencia,  ante hechos que llaman la atención por su intensidad, frecuencia o nocividad, se promulgan «ad hoc» normas jurídicas especiales, cuando el derecho codificado en su sobria amplitud y profundidad ya solucionaba esta cuestión. Un fanático literalismo superficial puede llevarnos al error de atender aisladamente a una norma, sin considerar la sólida, racional y oportuna vigencia de preceptos generales que en su sensatez y amplitud  se hallan vigentes  y son aplicables.



El imperante literalismo superficial de nuestro poder legislativo, además de dificultar enormemente la noble función del abogado, demuestra que se ha olvidado  que el ordenamiento jurídico constituye una unidad, como un ser biológico al que hay que respetar y entender.



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