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El Constitucional aprueba sin unanimidad la reforma para inhabilitar a cargos públicos

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El Constitucional aprueba sin unanimidad la reforma para inhabilitar a cargos públicos



El Pleno del Tribunal Constitucional ha aprobado este jueves, con ocho votos a favor y tres en contra, la reforma de su Ley Orgánica que le permite suspender cautelarmente a altos cargos o autoridades políticas que desobedezcan sus resoluciones.

En una ersolución adoptada por mayoría, el TC ha rechazado el recurso del Gobierno Vasco contra la reforma de la Ley que lo regula, una reforma que aprobó durante la legislatura pasada la mayoría del PP en el Parlamento como respuesta al soberanismo catalán.



El TC ha venido debatiendo en los últimos meses si es o no constitucional esta capacidad sancionadora cautelar para obligar a la obediencia de sus sentencias.

La primera ponencia que se llevó al pleno preveía rechazar esta potestad y aceptar, al menos parcialmente, el recurso del Gobierno vasco. Sin embargo, dicha propuesta, redactada por la vicepresidenta Adela Asúa, no alcanzó el apoyo de los once magistrados, y, singularmente, no logró el apoyo de la mayoría, de orientación conservadora, por lo que el presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, le encargó otra a Pedro González-Trevijano.



La ponencia de este magistrado, que acepta la constitucionalidad de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que dota a éste de la capacidad de adoptar medidas cautelares y, singularmente, de la posibilidad de suspender en el ejercicio de sus funciones a los altos cargos que desobedezcan sus sentencias, es la que ha sido aceptada por mayoría.



La decisión de este jueves rompe la unanimidad que, hasta ahora, habían venido suscitando las resoluciones del TC vinculadas con el soberanismo catalán (en este caso, la relación se establece pro la reforma ideada por el Gobierno como respuesta a las desobediencias al TC del Parlament y la Generalitat).

El Alto Tribunal ha aclarazo que analizará la oportunidad de la medida «caso por caso» y aclara también que esta suspensión no tendrá carácter penal. 

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