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Entra en vigor el Real Decreto Legislativo 6/2015 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

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Entra en vigor el Real Decreto Legislativo 6/2015 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial



Con esta reforma se ha pretendido integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, a través de diversas leyes y reglamentos.

Se ha cambiado la manera en que se ordena el articulado, algunos de ellos con un contenido bastante complejo resultado de las numerosas modificaciones por las que se ha visto afectado. En este sentido, también se han dividido preceptos extensos en varios artículos, destacando la nueva forma en que se regulan las infracciones.



Se ha adaptado el contenido a la reciente reforma administrativa que ha convertido al Boletín Oficial del Estado en un tablón edictal único y pasa a ser voluntaria la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Hasta ahora esta reforma era única y obligatoria la publicación de las notificaciones en materia de tráfico en dicho Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico.

Además de derogar el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, también deroga la disposición final quinta de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, en lo que afecta a la entrada en vigor del contenido de la disposición final segunda de la misma Ley 35/ 2015.



Aunque ha entrado ahora en vigor, los artículos 97 a 102 y los anexos 5, 6 y 7 entraron en vigor el 1 del pasado noviembre.



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