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La asignación de incentivos del Plan de Evaluación Docente del Gobierno de Asturias discrimina a los interinos

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La asignación de incentivos del Plan de Evaluación Docente del Gobierno de Asturias discrimina a los interinos



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado la existencia de la discriminación en el auto que contesta a una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso-administrativo nº 1 de Oviedo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha comunicado un auto resolviendo una cuestión prejudicial sobre personal temporal planteada por el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso- administrativo nº 1 de Oviedo, Juan Carlos García López.
La cuestión sobre la que se preguntaba al Tribunal Europeo está relacionada directamente con la situación de un profesor en un Instituto asturiano que lleva 16 años como personal interino en Educación en Asturias, cada año en diversos destinos.
La Consejería, por Ley 6/2009 de 29 de diciembre estableció un sistema denominado Plan de Evaluación Docente (el equivalente a carrera profesional de personal funcionario ordinario) y que es convocado cada año y va dirigido al personal docente.
El  Plan determina un incentivo económico para aquellos profesores y maestros que lo superen, donde se valora aspectos de implicación en los objetivos y proyectos del centro y el no absentismo. La Ley asturiana 6/2009 permitía acceder a ese plan de evaluación sólo a los funcionarios de carrera que tuvieran 5 años de antigüedad, por lo que quedaba excluido el personal interino, aun cuando llevase 5 o más años de servicio.
Por tanto, aun cuando los profesores interinos se implicasen igualmente en los objetivos del centro no podrían recibir en ningún caso ese complemento económico, algo que el TJUE hañalado como discrminatorio pues el único elemento diferenciador es el de ser personal temporal, pues desempeña igual trabajo y en las mismas condiciones.
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