Connect with us
Noticias Jurídicas

Las plataformas de alquiler turístico deberán informar a hacienda de propietarios y clientes

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Noticias Jurídicas

Las plataformas de alquiler turístico deberán informar a hacienda de propietarios y clientes



En el año que finaliza, la Agencia Tributaria avisó a un total de 21.500 contribuyentes de que tenía constancia de que habían alquilado un inmueble, y que, por tanto, tenían que incluir el dinero que hubiesen recibido por este concepto en su declaración.

Así pues, el control sobre los alquileres no declarados es uno de los principales objetivos que cada año se marca la Agencia Tributaria.



Como principal novedad, el año que viene, los cedentes del uso de la vivienda con fines turísticos deberán conservar una copia del documento de identificación de las personas beneficiarias del servicio.

En el decreto que esta elaborando Hacienda, se introduce un nuevo artículo que modifica el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria.



En este sentido, se entiende por uso turístico de una vivienda la cesión temporal de la totalidad de un inmueble amueblado y equipado en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione, y realizada con finalidad lucrativa y onerosa.



Por el contrario, quedarán excluidos de este concepto, los alojamientos turísticos que se rigen por su normativa específica, el derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles y los alquileres de vivienda, definidos en la Ley 29/1994 de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y el subarriendo parcial de vivienda.

Click para comentar
0 Comentarios
Inline Feedbacks
View all comments

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita