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Primera condena por presionar a una aseguradora competidora

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Primera condena por presionar a una aseguradora competidora



 

La Audiencia Provincial de Madrid sanciona a tres aseguradoras tras las presiones ejercidas a una compañía que no quería cumplir un acuerdo anticompetitivo de precios mínimos. Por ello, ha dictado una sentencia condenatoria a las aseguradoras que presionaron y boicotearon a las empresas que no cumplían un acuerdo en el que se fijaban precios mínimos en el seguro decenal obligatorios que deben suscribir los promotores de vivienda nueva. Sin embargo, siendo la sentencia condenatoria, sí que rebaja mínimamente la sanción impuesta por el juzgado de lo mercantil.



Asimismo, la sentencia puede recurrirse al Supremo, pero en el punto en el que se encuentran deberían abonar casi tres millones de euros a la empresa que se encontró afectada negativamente por el boicot realizado.

Añadir, también, que dicha sentencia examina cuestiones sobre el plazo de prescripción de las acciones, recordando la doctrina del Tribunal Supremo y matizando que, para que la prescripción empiece a computar se necesita que la demandante disponga de los elementos fácticos y jurídicos idóneos para constituir una situación de aptitud plena para litigar, ya que consideran que «la simple noticia de que un reasegurador ha retirado su oferta por razón de virtuales presiones, pese a representar un indicio de esa clase de prácticas, constituya a su receptor en una situación de aptitud plena para litigiar».



(Fuente: Expansión)



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