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Legislación

Se convoca la prueba de aptitud para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales para el año 2019

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Legislación

Se convoca la prueba de aptitud para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales para el año 2019



Orden PCI/492/2019, de 29 de abril, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales para el año 2019. (BOE núm. 103, de 30 de abril de 2019)

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, y en el artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, es competencia de los Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales.



No obstante, las competencias en materia universitaria, anteriormente atribuidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la actualidad corresponden a la Secretaría General de Universidades, dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos Ministeriales.

Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.



Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, no contiene limitación alguna en el número de plazas.



La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), apartado «Trámites y Gestiones Personales-Acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales de España», así como en la página web del Consejo General de Procuradores de España.

La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente Orden de convocatoria y será única e idéntica para todo el territorio español.

El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el Anexo de la presente convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales que serán objeto de la evaluación.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.

 

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