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Jurisprudencia

Que el expediente administrativo este incompleto no es causa de nulidad del acto administrativo impugnado

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Jurisprudencia

Que el expediente administrativo este incompleto no es causa de nulidad del acto administrativo impugnado



Tribunal Supremo Sala Tercera – 09/04/2014

 



Se desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución desestimatoria del Tribunal Económico Administrativo Central, sobre impugnación de liquidación por el IRPF e imposición de sanción.

 



La Sala declara que el expediente ha sido completado en tres ocasiones, tanto a requerimiento de la parte recurrente como a petición del Abogado del Estado, habiéndose remitido finalmente, la totalidad del expediente, y no obstante, la parte actora, tanto en el escrito de alegaciones prestando en fecha 13 de septiembre de 2013, como en el escrito de conclusiones, insiste en la falta de determinados documentos, confundiendo la posible nulidad de los actos administrativos por omisión del procedimiento con el hecho de que el expediente no esté completo.



 

Así, mientras la omisión de trámites procedimentales podría determinar su nulidad o anulabilidad si ha causado indefensión al interesado, la falta de documentos en el expediente puede ser remediado mediante la solicitud de complemento del mismo hasta que se incorporen todos los necesarios para que la parte actora pueda formalizar su demanda (o la parte demandada su contestación).

 

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2451325

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