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Legislación

España se adhiere a la Convención sobre usos de aguas internacionales para fines distintos de la navegación

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España se adhiere a la Convención sobre usos de aguas internacionales para fines distintos de la navegación



Instrumento de adhesión a la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, hecho en Nueva York el 21 de mayo de 1997. (BOE núm. 161, de 3 de julio de 2014)
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución y, por consiguiente, cumplidos los requisitos exigidos por la Legislación española, se extiende el presente instrumento de adhesión de España a la Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, hecho en Nueva York, el 21 de mayo de 1997, para que mediante su depósito, España pase a ser Parte de dicha Convención.
La presente Convención se aplica a los usos de los cursos de agua internacionales y de sus aguas para fines distintos de la navegación y a las medidas de protección, preservación y ordenación relacionadas con los usos de esos cursos de agua y de sus aguas.
El uso de los cursos de agua internacionales para la navegación no está comprendido en el ámbito de aplicación de la presente. Convención salvo en la medida en que otros usos afecten a la navegación o resulten afectados por ésta.
Puede leer el texto completo de la norma en www.bdifusion.es

 



 

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