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Aumenta la tasa de rechazo a las peticiones de borrar datos personales pese a la obligación que estableció el TJUE

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Aumenta la tasa de rechazo a las peticiones de borrar datos personales pese a la obligación que estableció el TJUE



Las secciones de Derecho de las Tecnologías de la Información y  de Derechos de Propiedad Intelectual y Derechos de imagen del Colegio de la Abogacía de Barcelona alertan del crecimiento de la tasa de rechazo a las solicitudes presentadas ante Google durante el primer año para retirar contenidos relativos a los datos personales de personas que se consideran afectadas por la difusión de noticia. Se ha pasado de un 43% de respuestas negativas en junio de 2014 a un 70% en marzo de 2015.

Ello, pese a que la sentencia del TJUE, de 13 de mayo de 2014, establece que los motores de búsqueda como Google tienen que retirar los enlaces a las informaciones publicadas relativas a personas o datos personales cuando las personas de quienes se habla lo soliciten.



Asimismo, el Tribunal Supremo, en la Sentencia de 15 de octubre 2015, se acoge al argumento defendido por el TUE para favorecer el borrado de datos en el caso de Google: «el tratamiento de estos datos personales pudo cumplir estos requisitos de calidad de los datos en las fechas cercanas al momento en que los hechos se produjeron y conocieron, pero el paso del tiempo ha supuesto que el tratamiento de estos datos vinculados a hechos pretéritos sea inadecuado, no pertinente y excesivo para la finalidad del tratamiento».

En este sentido, el alto tribunal confirma la obligación de adoptar medidas tecnológicas por parte de los motores de búsqueda, en el caso de la citada sentencia se trataba de los de la página web de «Ediciones El País», como la utilización de códigos robots.txt o instrucciones noindex, o similares, para que la página web de su hemeroteca digital en que aparece la información sobre las personas no pueda ser indexada por los proveedores de servicios de Internet.



Estas han sido las conclusiones que se han dado a conocer en el marco de la conferencia sobre ‘El derecho al olvido: estado de situación tras el caso’ El País ‘y aprobación del Reglamento General de Protección de Datos’, que se ha celebrado en el ICAB bajo la organización de la Sección de Derecho de las TIC y de la Sección de Derecho de Propiedad Intelectual y Derechos de imagen del Colegio de la Abogacía de Barcelona.



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