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Noticias Jurídicas

Consejos para evitar conflictos entre dos impuestos: IVA e ITP


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Consejos para evitar conflictos entre dos impuestos: IVA e ITP

La secretaria general de la Abogacía, Encarna Orduna, en el lado izdo., recibe a la delegación de la Comisión de Venecia compuesta por su vicepresidenta Marta Cartabia, el jefe de división, Taras Pashuk, y los miembros Regina Kiener, François Séners y Simona Granata-Menghini. (Imagen: Abogacía Española)

 

–          Conocer exactamente las circunstancias de la operación: ¿Quién es el adquirente? ¿Quién es el transmitente? ¿Cuándo se producirá la operación? ¿Qué bien o bienes es el objeto de la transmisión?

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–          En el caso de que la transmisión recaiga sobre terrenos no construidos, se habrá de plantear si se trata de un solar (aplicación del IVA) o no (no aplicación del IVA salvo renuncia a la exención) de plantear las siguientes cuestiones: ¿Se trata de una finca rústica? ¿Se trata de un solar? ¿La finca que se transmite proviene de una Junta de Compensación o de un proceso de urbanización? ¿Se reúnen las condiciones para poder solicitar la renuncia a la exención?

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–          En el caso de que la transmisión recaiga sobre terrenos y construcciones, se pueden plantear las siguientes cuestiones destinadas a saber si se trata de una primera o de una segunda o ulterior transmisión: ¿La construcción se ha finalizado? Si la construcción ha finalizado ¿cuándo se efectuó la división horizontal? ¿Cuánto tiempo ha transcurrido desde que se efectuó la división horizontal? ¿Quién efectuó la transmisión? ¿Se destina la finca a la rehabilitación o a la demolición? ¿El transmitente se dedica habitualmente al arrendamiento con opción de compra de inmuebles? ¿Se reúnen las condiciones para solicitar la renuncia a la exención?

 

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