El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los profesores a tiempo parcial a percibir los sexenios de investigación
La sentencia anula el artículo 5.2 del RD 1086/1989 por vulnerar el principio de igualdad y reconoce el derecho de los docentes a percibir el complemento con hasta cuatro años de retroactividad

(Imagen: Poder judicial)
El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los profesores a tiempo parcial a percibir los sexenios de investigación
La sentencia anula el artículo 5.2 del RD 1086/1989 por vulnerar el principio de igualdad y reconoce el derecho de los docentes a percibir el complemento con hasta cuatro años de retroactividad

(Imagen: Poder judicial)
El Tribunal Supremo notificó el pasado 13 de junio la sentencia por la que se desestima el recurso de casación interpuesto frente al criterio general de la universidad pública madrileña, declarando la nulidad del artículo 5.2. del Real Decreto 1086/1989, que impedía a los profesores universitarios a tiempo parcial percibir el complemento de productividad conocido como “sexenios de investigación”.
La Sentencia del Tribunal Supremo, notificada el pasado 13 de junio, pone fin a un litigio de varios años dirigido a denunciar uno de los elementos más relevantes de una situación discriminatoria extendida en la Universidad pública, consistente en negar automáticamente a los profesores con régimen de dedicación a tiempo parcial, y sin criterio proporcionado o razonable, la remuneración de todo tipo de complementos salariales no relacionados con dicho régimen de dedicación pero que sí se abonan a los docentes a tiempo completo.
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