Los tribunales de instancia: el principio de coordinación como eje central
La nueva estructura judicial impulsada por la Ley Orgánica 1/2025 busca acabar con la fragmentación del sistema y garantizar una justicia más eficaz, coherente y centrada en el ciudadano
(Imagen: Ministerio de Justicia )
Los tribunales de instancia: el principio de coordinación como eje central
La nueva estructura judicial impulsada por la Ley Orgánica 1/2025 busca acabar con la fragmentación del sistema y garantizar una justicia más eficaz, coherente y centrada en el ciudadano
(Imagen: Ministerio de Justicia )
El fundamento último de cualquier tribunal no es otro que garantizar el cumplimiento de la ley y, por extensión, preservar la convivencia pacífica a la que aspira cualquier sociedad civilizada.
Los tribunales no existen por capricho del legislador ni por beneplácito del ejecutivo, tampoco por afición o deleite de jueces y magistrados. Los tribunales existen porque la paz es necesaria y porque la única manera razonable de alcanzarla es a través de terceros investidos de autoridad y jurisdicción con la misión de aplicar las normas dadas por el consenso o en su caso la mayoría social. No existe paz sin tribunales. Cualquiera debe saberlo.
La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, está impactando de un modo más que notable en la estructura y organización judicial española. La implantación de los tribunales de instancia en el territorio significa un importante punto de inflexión en el modo de estructurar la tutela judicial efectiva a la que todos tenemos derecho.
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