El Tribunal Supremo zanja el caso ‘Pasapalabra’, y el competente Juzgado Mercantil establece las correspondientes liquidaciones
La resolución tiene efectos relevantes para el sector audiovisual, consolidando la protección jurídica de los formatos televisivos
Logo de la versión panameña de 'Pasapalabra'. (Imagen: TVN)
El Tribunal Supremo zanja el caso ‘Pasapalabra’, y el competente Juzgado Mercantil establece las correspondientes liquidaciones
La resolución tiene efectos relevantes para el sector audiovisual, consolidando la protección jurídica de los formatos televisivos
Logo de la versión panameña de 'Pasapalabra'. (Imagen: TVN)
La sentencia del Tribunal Supremo (STS) 3429/2024 (n.º 855/2024, de 13 de junio) desestima la demanda de revisión interpuesta por Mediaset España contra la resolución firme que en 2019 le obligó a cesar la emisión del popular programa ‘Pasapalabra’, y a indemnizar a ITV Studios. La Sala reitera la naturaleza extraordinaria y restrictiva del recurso de revisión, al considerar que Mediaset no actuó en plazo ni presentó documentos realmente novedosos. La resolución tiene efectos relevantes para el sector audiovisual, consolidando la protección jurídica de los formatos televisivos.
Antecedentes: una batalla sin fin por ‘Pasapalabra’
El conflicto jurídico se inició con la demanda de Mediaset en 2010 contra la entidad ITV Studios, solicitando la nulidad de los contratos que le permitían emitir el concurso ‘Pasapalabra’ en Telecinco. La demanda fue desestimada, y la reconvención de ITV Studios fue estimada parcialmente, reconociéndole su titularidad sobre el formato y la denominación del programa, y condenando a Mediaset a cesar su explotación y a pagar más de 6 millones de euros, en concepto de indemnizaciones, a lo que hay que sumar, una liquidación adicional fruto de los beneficios económicos obtenidos sin licencia desde el año 2012.
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