Análisis jurídico: el Supremo excluye la indemnización adicional por despido improcedente en una sentencia de Pleno
Los votos particulares de la sentencia coinciden en que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales carecen de efectos vinculantes para los jueces españoles

El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se desmarca del CEDS y no asume los criterios de la Carta Social Europea para cambiar las indemnizaciones por despido. (Imagen: E&J)
Análisis jurídico: el Supremo excluye la indemnización adicional por despido improcedente en una sentencia de Pleno
Los votos particulares de la sentencia coinciden en que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales carecen de efectos vinculantes para los jueces españoles

El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo se desmarca del CEDS y no asume los criterios de la Carta Social Europea para cambiar las indemnizaciones por despido. (Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo, en su sentencia de fecha 16 de julio de 2025 (rec. 3993/2024), ha dictado un pronunciamiento de fondo en el que descarta la posibilidad de que los órganos judiciales puedan incrementar la indemnización legal tasada por despido improcedente, aunque se invoque el derecho internacional.
En este artículo, se analiza el caso en cuestión que arranca de un despido disciplinario en el que el Juzgado de lo Social 3 de Barcelona ofreció una indemnización adicional por lucro cesante; la cantidad fue revocada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña en una sentencia de 31 de mayo del 2024, y el recurso de casación unificadora interpuesto por el trabajador fue analizado por el Pleno de la Sala de lo Social, que resolvió por amplia mayoría (10 votos frente a 3) unificar doctrina y confirmar el criterio restrictivo.
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