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La firma

Reflexiones desde la Procura en los primeros 150 días de vigencia de la LO de Eficiencia 1/2025, de 2 de enero

"El papel del procurador es insustituible en la arquitectura judicial"

Los MASC han buscado desjudicializar la justicia pero realmente lo que están generando son muchas dilaciones. (Imagen: E&J)

Javier Segura Zariquiey

Decano del Ilustre Colegio de los Procuradores de Barcelona, presidente del Consejo de Procuradores de Cataluña y vicesecretario Consejo General de los Procuradores de España




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




La firma

Reflexiones desde la Procura en los primeros 150 días de vigencia de la LO de Eficiencia 1/2025, de 2 de enero

"El papel del procurador es insustituible en la arquitectura judicial"

Los MASC han buscado desjudicializar la justicia pero realmente lo que están generando son muchas dilaciones. (Imagen: E&J)

Al superar los primeros cuatro meses, ya 150 días desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, he considerado oportuno detenerse y realizar un análisis sereno sobre sus efectos iniciales y sobre los retos que abre para todos los operadores jurídicos.

Como procuradores de los tribunales hemos manifestado desde el primer momento nuestra disposición a colaborar en la implementación de esta reforma. Nuestro compromiso institucional es firme: contribuir a que las medidas alcancen los objetivos previstos, en beneficio de la ciudadanía y de una justicia más ágil, moderna y eficiente.



Ahora bien, la experiencia acumulada en este breve período evidencia que las reformas legislativas, cuando carecen de una adecuada dotación económica y de una planificación homogénea en su despliegue, pueden generar más incertidumbres que certezas. El sentir general es que lo que se concibió con voluntad de simplificar, en ocasiones ha derivado en complejidad añadida y en inseguridad jurídica.



La principal novedad introducida por la LO 1/2025 ha sido la generalización de los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC) como requisito de procedibilidad en el ámbito civil. Nadie cuestiona la bondad de estos mecanismos, que han demostrado su eficacia en numerosos ámbitos. Sin embargo, su conversión en un trámite obligatorio y previo a la demanda, sin que exista un criterio unificado en todos los territorios, ha planteado notables dudas prácticas.

Se ha creado, en la práctica, un “laberinto procesal”: ¿Sirve un acta de mediación privada? ¿Una conciliación judicial? ¿Un simple burofax? La falta de homogeneidad en la interpretación de las juntas de jueces y en los acuerdos de los Tribunales Superiores de Justicia ha generado inseguridad tanto para la abogacía como para la procura, y lo que es más relevante, para los propios justiciables.

No es extraño que muchos ciudadanos y profesionales optaran por presentar demandas masivas los días anteriores a la entrada en vigor de la Ley (el 3 de abril de 2025) que saturó los órganos judiciales en el primer trimestre del año. Después de esta fecha, la presentación de demandas ha descendido bruscamente, ha dado paso a una fase de transición en la que las partes dedican más tiempo a la actividad negociadora, retrasando el acceso a los tribunales y alargando plazos de resolución.

Los procuradores, como garantes del acceso a la tutela judicial efectiva, observamos con preocupación esta situación. Además de ver perjudicada la actividad profesional al reducirse un 70% la presentación de demandas, el objetivo de evitar pleitos es loable pero nunca puede lograrse a costa de añadir obstáculos que dificulten el acceso de los ciudadanos a la Justicia.

Javier Segura, primero por la derecha, con José Antonio Fandiño, decano del Colegio de Procuradores de Vigo, y Alberto García Barrenechea, decano de Madrid, en un evento organizado en la capital. (Imagen: E&J)

Los tribunales de instancia, un cambio relevante

El otro gran eje de la reforma ha sido la creación de los Tribunales de Instancia, llamados a sustituir los juzgados unipersonales. Desde el 1 de julio ya funcionan 315, que se ampliarán a 431 antes de que acabe el año. Con ellos se pretende integrar cerca de 3.900 órganos unipersonales en entes colegiados, con mayor especialización y flexibilidad, además de reducir costes de implantación.

Sin embargo, el cambio organizativo no es solo semántico: afecta a la distribución interna de los asuntos, a las referencias de contacto en los procedimientos y a la logística informática y telemática. En territorios como Cataluña, donde conviven plataformas como Lexnet o e-Justicia, la adaptación no está exenta de complejidades. Y aquí surge un riesgo evidente: la brecha digital entre comunidades con competencias transferidas y aquellas que dependen del Ministerio de Justicia.

La justicia digital es un horizonte ineludible, pero para que sea una oportunidad y no una barrera, debe garantizar igualdad de acceso y dotación suficiente de recursos. Los procuradores hemos demostrado una inagotable capacidad de adaptación tecnológica, modernizando nuestros despachos con recursos propios, capacitándonos individualmente y asumiendo el reto digital. Pero la Administración no puede descargar sobre los profesionales una responsabilidad que corresponde al Estado en su conjunto.

Este nuevo contexto hace más necesario que nunca reivindicar el papel del procurador como profesional insustituible en la arquitectura judicial. Nuestra labor va mucho más allá de la transmisión de documentos: somos el representante procesal del justiciable, empresa o ciudadano ante los tribunales de justicia, el nexo técnico y procesal entre las personas y el órgano judicial; aseguramos que plazos, notificaciones y escritos se cumplan puntualmente; evitamos nulidades de actuaciones y dilaciones indebidas; y, sobre todo, damos certeza y seguridad jurídica a las partes en los procedimientos judiciales.

En un sistema complejo y cambiante, el procurador, en cuanto tiene oportunidad, guía al ciudadano, lo acompaña en cada paso y traduce las exigencias formales en un proceso comprensible. Esa función de “profesional humanizador” resulta esencial para que la Justicia no se perciba como una maquinaria lejana, sino como un servicio accesible y cercano.

Nuestra colaboración con la abogacía es de carácter horizontal: juntos constituimos un binomio equilibrado en el que la defensa sustantiva y la representación procesal se complementan. Esta coordinación es vital para que la estrategia procesal se desarrolle sin obstáculos y para que el sistema judicial gane en eficiencia.

La LO 1/2025 ha abierto un nuevo paradigma, pero su éxito será proporcional a los recursos que se destinen para consolidarla. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, se precisan 509 nuevas unidades judiciales en España, de las que 195 son prioritarias. La creación de Tribunales de Instancia abarata costes, sí, pero sigue requiriendo inversión realista y decidida.

No podemos olvidar que el derecho de acceso a la justicia y a una resolución fundada en Derecho —artículo 24 de la Constitución Española y artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos— solo se hace efectivo si el sistema dispone de medios suficientes, criterios homogéneos y profesionales reconocidos en su función.

Los procuradores han organizado diversos eventos sobre la Ley 1/2025, aquí uno organizado en el Consejo General de Procuradores del que Javier Segura es vicepresidente. (Imagen: E&J)

Los procuradores no aspiramos a protagonismos corporativos, sino a aportar valor en la mejora del servicio público de Justicia. Queremos seguir siendo parte activa de la transformación, pero exigimos que se nos tenga en cuenta. Porque cuando se margina a un operador jurídico, se resiente el sistema en su conjunto.

Después de 100 días de la LO 1/2025, el balance es necesariamente provisional. Hemos detectado pocos avances, más bien carencias, riesgos y desigualdades que deben ser corregidos. Y desde la Procura insistimos en algo esencial: la eficiencia no puede medirse solo en términos económicos o tecnológicos, sino también en términos de accesibilidad, cercanía y seguridad jurídica.

La Justicia del siglo XXI afronta nuevos retos y para ser realmente digital, moderna y ágil necesita otro pilar imprescindible: un personal público preparado para lograr ese triplete de digitalización, modernización y agilidad. Es fundamental una base de funcionarios públicos formados en las nuevas exigencias para que todo proceso fluya según dispone la legislación actual. En este marco, los procuradores seguiremos desempeñando nuestro papel insustituible ante los tribunales y aportaremos valor en esta nueva etapa, ayudando a que la Justicia sea más cercana, comprensible y confiable. Nuestro compromiso es garantizar que el ciudadano no se enfrente a un laberinto judicial, sino a un espacio donde sus derechos se reconozcan y se hagan efectivos mediante una ejecución rápida y eficaz.

Así, además de obtener una sentencia favorable, el ciudadano podrá ver materializados sus derechos sin dilaciones innecesarias. En la fase de ejecución, la Procura contribuye de manera decisiva a descongestionar los juzgados y a reforzar la eficacia del sistema, demostrando que nuestra función es más activa y necesaria que nunca para el buen funcionamiento de la Administración de Justicia. Por eso, la Procura quiere estar más presente que nunca: acompañando, garantizando y contribuyendo con firmeza a que la Justicia sea no solo un derecho proclamado, sino una realidad efectiva al servicio de la ciudadanía.

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