El auge del Derecho De Familia: una realidad incontestable
Hoy en día, el Derecho de Familia es un verdadero campo de innovación jurídica y social

El 'I Congreso de Derecho de Familias y Sucesiones ICAM' ya ha colgado el cartel de "no hay entradas". (Imagen: CAM)
El auge del Derecho De Familia: una realidad incontestable
Hoy en día, el Derecho de Familia es un verdadero campo de innovación jurídica y social

El 'I Congreso de Derecho de Familias y Sucesiones ICAM' ya ha colgado el cartel de "no hay entradas". (Imagen: CAM)
En el solemne escenario donde se dirime el destino de las personas, el Derecho de Familia irrumpe hoy como la disciplina más dinámica, profunda y reveladora de nuestro tiempo. Ninguna otra rama del ordenamiento jurídico posee la capacidad de hurgar con tanta precisión en la intimidad de la vida cotidiana y, a la vez, proyectar con tanta fuerza el pulso colectivo de la sociedad. Allí donde el Derecho Mercantil regula los intercambios y el Derecho Penal sanciona las conductas más graves, el Derecho de Familia aborda lo más frágil y decisivo: las emociones, los afectos, la crianza, el cuidado, y la dignidad de los vínculos.
Su auge no es un simple fenómeno técnico, sino el signo visible de un cambio de civilización. Es un lugar donde la comunidad se contempla a sí misma como en un espejo y ensaya su porvenir, como en un laboratorio normativo y social.
En este horizonte se vislumbra un hito inminente: el I Congreso de Derecho de Familia y Sucesiones ICAM (23 y 24 de octubre del 2025), el foro más influyente del año para la abogacía de Familia.
La magnitud del interés despertado refleja que el Derecho de Familia moviliza a la profesión entera en torno a debates que prometen marcar un antes y un después. Por ello, aunque relegado, durante siglos, a un segundo plano del sistema, considerado disciplina menor, el Derecho de Familia es hoy un verdadero campo de innovación jurídica y social. Asistimos, sin duda, a una mutación cultural que transforma lo que ayer era impensable, en normalidad jurídica.
La jurisprudencia, en su labor interpretativa ha decidido, en poco más de una década, un verdadero campeonato de sentencias maestras. Cada resolución ha sido una jugada que cambió el marcador.
En 2012, el Tribunal Constitucional inauguró el torneo con dos goles de apertura: la STC 185/2012[i] devolvió al juez la iniciativa decisoria en la custodia compartida, recentrando el interés superior del menor, mientras que la STC 198/2012[ii] consolidó, con precisión de penalti, la constitucionalidad del matrimonio igualitario.
El año 2013 estuvo marcado por un cambio de estrategia: la STS 257/2013[iii] estableció que la custodia compartida no era una excepción, sino la táctica de referencia cuando beneficia al hijo. El Pleno del Supremo, en febrero de 2014, pitó una falta de envergadura: rechazó la inscripción directa de la filiación derivada de gestación por sustitución internacional. En 2019 llegó la jugada más técnica; la STS 685/2019[iv] reconoció la legitimación de un menor transexual para rectificar registralmente sexo y nombre, alineando el juego con la doctrina del TC 99/2019.
En 2021 se combinaron defensa y ataque: la STS 269/2021[v] fijó criterios de proporcionalidad en el tránsito hacia medidas de apoyo a las personas con discapacidad, mientras la STC 239/2021[vi] calificó el impago de pensiones como “violencia económica”. El 2023 ofreció un set intenso: la STS 879/2023[vii] validó la renuncia de derechos en pactos prematrimoniales, y la STC 12/2023[viii] redefinió el uso de la vivienda familiar.
En 2024, se vivió un auténtico “playoff final”; la STS 1015/2024[ix] resolvió cuándo era el momento procesal oportuno para introducir pretensiones sobre el reparto de gastos asociados a animales de compañía en las rupturas, relegando en el banquillo al Ministerio Fiscal respecto de la defensa del bienestar animal; La STS 1166/2024, de 23 de septiembre[x], valoró la convivencia del progenitor custodio con nueva pareja en la asignación de vivienda familiar; y la STS 4948/2024[xi] remató el encuentro con una prórroga justa; ampliar de 16 a 26 semanas el permiso de maternidad para familias monoparentales, evitando discriminaciones.
En 2025, la STS 710/2025 [xii] no cierra el paso de la custodia monoparental a la compartida cuando la patria potestad ha sido rehabilitada, y la STS 711/2025[xiii] declaró gananciales los rendimientos obtenidos cuando el negocio es ganancial, ahora bien, deduciendo todos los gastos y el salario del cónyuge gestor y trabajador. Tras el descanso estival, el segundo tiempo puede aún traer sorpresas.
La conclusión es clara: El Derecho de Familia no solo juega bajo las reglas escritas por los legisladores, son también jugadores y árbitros quienes redefinen continuamente los propios reglamentos, abriendo un campo más inclusivo, dinámico y coherente con los derechos fundamentales. La familia ha dejado de ser reducto privado para convertirse en protagonista del estadio político, social, económico y jurídico.
Jueces, legisladores y abogados ya no solo resuelven conflictos; trazan futuros, sostienen vínculos, legitiman nuevos modos de convivencia. En cada decisión late una tensión decisiva; la capacidad de este ordenamiento para penetrar en la esfera más íntima de la persona y a la vez, proyectarse como fuerza ordenadora y transformadora de la sociedad. En este sentido, el auge del Derecho de Familia no es pasajero, sino la expresión de su condición evolutiva; un derecho vivo con el que se mide la madurez democrática de una sociedad.
Ese mismo latido palpitará en el I Congreso de Derecho de Familia y Sucesiones ICAM. No es un mero calendario de ponencias, sino un encuentro de la primera división de la abogacía de Familia. Una referencia donde la doctrina y la praxis dialogarán con la intensidad que exige una comunidad en plena transformación.
Quien asista no ocupará la grada, sino el terreno de juego en un acontecimiento que consagra el Derecho de Familia como pilar esencial de la justicia contemporánea, guardián de la dignidad personal y brújula de la convivencia futura. Porque, cuando alguien se sienta ante un abogado de Familia, —sea pobre o rico, poderoso o anónimo, influyente o desconocido—, en ese instante se revela frágil, vulnerable y humano. Y quienes lo ejercemos, lo sabemos; disputamos una liga donde no se juegan puntos, se deciden destinos; es el partido inaplazable que, por su trascendencia, nunca se puede perder. Así se entiende que el auge del Derecho de Familia no sea una moda, sino la huella viva de un nuevo tejido social en movimiento.

José María Puelles, experto en Segunda Oportunidad, junto a Paloma Zabalgo y Amparo Ribón, dos puntales en materia de Familia. (Imagen: ICAM)
[i] Pleno STC 185/2012, de 17 de octubre.
[ii] Pleno STC 198/2012, de 6 de noviembre.
[iii] Sala de lo Civil STS 257/2013, de 3 de abril.
[iv] Sala de lo Civil STS 143/2019, de 17 de diciembre.
[v] Sala de lo Civil STS 269/2021, de 6 de mayo.
[vi] Sala de lo Penal STS 239/2021, de 17 de marzo.
[vii] Sala de lo Civil STS 362/2023, de 13 de marzo.
[viii] Sala Segunda STC 12/2023, de 6 de abril.
[ix] Sala de lo Civil STS 1015/2024, de 17 de julio.
[x] Sala de lo Civil STS 1166/2024, de 23 de septiembre.
[xi] Sala de lo Civil STS 4948/2024, de 15 de octubre.
[xii] Sala de lo Civil STS 710/2025, de 9 de mayo.
[xiii] Sala de lo Civil STS 711/2025, 12 de mayo.
