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‘Carpeta Justicia’, la nueva plataforma judicial: ¿Revolución digital o justicia de dos velocidades?

La herramienta promete democratizar el acceso a la justicia, pero su éxito dependerá de que no replique la brecha digital que ya excluye a millones de ciudadanos

(Imagen: Carpeta Justicia/ Ministerio de Justicia)

Natalia Otero Fernández

CEO de Fórmula Legal. Especialista Derecho Concursal y Segunda Oportunidad




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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‘Carpeta Justicia’, la nueva plataforma judicial: ¿Revolución digital o justicia de dos velocidades?

La herramienta promete democratizar el acceso a la justicia, pero su éxito dependerá de que no replique la brecha digital que ya excluye a millones de ciudadanos

(Imagen: Carpeta Justicia/ Ministerio de Justicia)

El Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha lanzado Carpeta Justicia, una plataforma digital que centraliza trámites judiciales con acceso 24/7. La promesa es ambiciosa: convertirse en la ventanilla única para todos los servicios de la Administración de Justicia. Actualmente en fase piloto para profesionales del Derecho, el proyecto prevé extenderse progresivamente a ciudadanos y autónomos. Sin embargo, mientras celebramos el salto tecnológico, conviene plantear la pregunta incómoda: ¿Esta digitalización incluirá realmente a todos o creará una justicia de dos velocidades entre quienes dominan la tecnología y quienes no?

La digitalización como arma de doble filo

Carpeta Justicia nace con una vocación integradora indiscutible. La plataforma ofrece consulta de expedientes judiciales, pago de tasas con tarjeta, descarga de certificados oficiales, resumen y anonimización automática de documentos mediante inteligencia artificial, y sincronización de citas judiciales con el calendario personal. Todo ello accesible desde ordenador o aplicación móvil, sin restricciones horarias.

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Para los profesionales del Derecho, las ventajas son evidentes. Ganar horas que antes se perdían en gestiones administrativas presenciales, poder verificar notificaciones en cualquier momento, o descargar documentación urgente un domingo por la noche, representa una mejora sustancial en las condiciones de ejercicio profesional. Los plazos judiciales no entienden de horarios de oficina, y la angustia permanente del «¿me habré perdido algo crítico?» forma parte del ADN de cualquier letrado.

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Pero aquí comienza el primer problema: lo que resulta obvio y manejable para un profesional con formación técnica y acceso constante a dispositivos digitales, puede convertirse en una barrera infranqueable para amplios sectores de la población. La digitalización mal ejecutada no elimina obstáculos, simplemente los cambia de sitio.

(Imagen: E&J)

Accesibilidad 24/7: ¿Para quién?

La disponibilidad continua es uno de los argumentos estrella de Carpeta Justicia. La Administración de Justicia se libera, efectivamente, de las restricciones temporales tradicionales. Ningún ciudadano volverá a encontrarse con el cartel de «cerrado por vacaciones» en la puerta de un juzgado cuando necesita presentar un recurso urgente.

Sin embargo, la accesibilidad real exige algo más que disponibilidad horaria. Exige competencias digitales, dispositivos funcionales, conexión a internet estable, y —esto es crítico— confianza en el uso de herramientas tecnológicas complejas. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, aproximadamente 1,3 millones de españoles mayores de 16 años no han utilizado internet en los últimos tres meses. La brecha digital no es una anécdota, es una realidad que afecta desproporcionadamente a personas mayores, residentes en zonas rurales, y colectivos con menores recursos económicos.

“La modernización debe incluir, no segregar. Debe reducir las desigualdades existentes, no ampliarlas”

Cuando hablamos de acceso a la Justicia, no podemos permitirnos el lujo de dejar a nadie atrás. La justicia material exige que todos los ciudadanos, independientemente de su alfabetización digital, puedan ejercer sus derechos con las mismas garantías. Una plataforma diseñada exclusivamente para usuarios digitalmente competentes no democratiza el acceso, simplemente desplaza la exclusión del mundo físico al mundo virtual.

Inteligencia artificial bajo supervisión humana

Carpeta Justicia incorpora funcionalidades basadas en inteligencia artificial para automatizar tareas como la anonimización de documentos o la generación de resúmenes. En principio, esta innovación debería liberar tiempo valioso para dedicarlo al análisis jurídico sustantivo en lugar de a tareas mecánicas.

La inteligencia artificial (IA) como herramienta de apoyo es bienvenida. Para procesos repetitivos y estandarizables, la eficiencia que aporta resulta innegable. Sin embargo, los profesionales del Derecho conocemos bien que el diablo habita en los detalles: un resumen automatizado puede omitir el matiz que fundamenta un recurso de casación, una anonimización defectuosa puede vulnerar la normativa de protección de datos, y un algoritmo sesgado puede perpetuar discriminaciones que el sistema judicial debería corregir.

“La digitalización mal ejecutada no elimina obstáculos, simplemente los cambia de sitio”

La tecnología debe servir al Derecho, no sustituir el criterio jurídico. La supervisión humana no puede ser opcional ni residual, debe permanecer en el centro del proceso. Cada vez que incorporamos automatización a procedimientos judiciales, debemos preguntarnos: ¿Quién asume la responsabilidad cuando el algoritmo se equivoca? ¿Existe un mecanismo efectivo de revisión y corrección? ¿Los ciudadanos comprenden cuándo están interactuando con un sistema automatizado y cuáles son sus derechos?

El exceso de confianza tecnológica es tan peligroso como la resistencia ciega al cambio. Ni la IA es la panacea que resolverá todos los problemas del sistema judicial, ni debemos demonizarla como una amenaza. Pero sí debemos exigir transparencia, supervisión y rendición de cuentas en su implementación.

(Imagen: Carpeta Justicia/ Ministerio de Justicia)

Formación e interoperabilidad: los retos olvidados

El lanzamiento de Carpeta Justicia será progresivo. El Ministerio prevé incorporar nuevas funcionalidades, extender su alcance geográfico a todas las comunidades autónomas e integrar diferentes sistemas judiciales locales conforme avance la implantación. Esta gradualidad es sensata —permite detectar errores y mejorar la interoperabilidad antes del despliegue completo— pero también evidencia uno de los grandes desafíos: la fragmentación del sistema judicial español.

Una plataforma excelente que no se comunica con otros sistemas judiciales o que requiere formación técnica inaccesible para profesionales con menos recursos tecnológicos, simplemente desplaza el problema sin resolverlo. La interoperabilidad no es un detalle técnico menor, es una condición sine qua non para que la digitalización cumpla su promesa de eficiencia.

Y aquí llegamos al segundo reto crítico, frecuentemente ignorado en los discursos oficiales: la formación. Digitalizar servicios sin garantizar que todos los operadores jurídicos —y, eventualmente, todos los ciudadanos— dispongan de las competencias necesarias para utilizarlos, es crear un sistema de dos velocidades donde quienes ya parten con ventaja (profesionales jóvenes, urbanos, con recursos) amplían su distancia respecto a quienes tienen mayores dificultades.

“La revolución digital de la Justicia se medirá en cuántas personas que antes no podían ejercer sus derechos, ahora sí pueden hacerlo”

La inversión en formación no puede ser una ocurrencia tardía, debe formar parte integral del diseño de cualquier proceso de digitalización. Esto implica recursos económicos, tiempo, personal cualificado y, sobre todo, un compromiso real con la igualdad de oportunidades. Los cursos online de dos horas no son suficientes. Se requieren programas adaptados a diferentes niveles de competencia digital, con apoyo presencial cuando sea necesario, y garantías de que ningún profesional queda excluido por incapacidad de adaptarse al nuevo entorno.

Incluir o segregar: ese es el verdadero desafío

Carpeta Justicia puede representar un avance genuino hacia una Administración de Justicia más ágil, transparente y accesible. Pero también puede, si no se ejecuta con la sensibilidad suficiente hacia las desigualdades preexistentes, convertirse en un nuevo mecanismo de exclusión.

“Una plataforma diseñada exclusivamente para usuarios digitalmente competentes no democratiza el acceso, simplemente desplaza la exclusión del mundo físico al mundo virtual”

El acceso a la tutela judicial efectiva es un derecho fundamental reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española. Cualquier modernización del sistema judicial que, en la práctica, dificulte ese acceso para determinados colectivos, no solo sería un fracaso político y técnico, sería una vulneración constitucional.

Por eso la pregunta que debe presidir todo el proceso de implantación de Carpeta Justicia no es «¿funciona la tecnología?», sino «¿funciona para todos?». La modernización debe incluir, no segregar. Debe reducir las desigualdades existentes, no ampliarlas. Y debe garantizar que ningún ciudadano se vea privado de sus derechos por carecer de las competencias o los recursos para navegar por un entorno digital complejo.

(Imagen: Carpeta Justicia/ Ministerio de Justicia)

Hacia una justicia realmente accesible

La digitalización del sistema judicial es inevitable y, en muchos aspectos, deseable. Pero no toda digitalización es equivalente. Existe una diferencia abismal entre una transformación tecnológica diseñada desde la comodidad de despachos ministeriales por personas que jamás han experimentado la exclusión digital, y una transformación construida desde el entendimiento real de las barreras que enfrentan los colectivos más vulnerables.

“Una plataforma excelente que no se comunica con otros sistemas judiciales simplemente desplaza el problema sin resolverlo”

Carpeta Justicia debe ser juzgada, en última instancia, por su capacidad para acercar la Justicia a quienes más lejos están de ella. Si logra que un ciudadano de una zona rural sin formación universitaria pueda consultar el estado de su procedimiento con la misma facilidad que un abogado en Madrid, habrá cumplido su propósito. Si, por el contrario, simplemente digitaliza los privilegios de quienes ya disponían de acceso preferente al sistema, habrá fracasado estrepitosamente.

La revolución digital de la Justicia no se medirá en número de descargas de la aplicación móvil, ni en cantidad de trámites completados online. Se medirá en cuántas personas que antes no podían ejercer sus derechos, ahora sí pueden hacerlo. Todo lo demás es marketing institucional.

“La tecnología debe servir al Derecho, no sustituir el criterio jurídico”

Cuadro de legislación

Nacional

  • Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978 (art. 24: derecho a la tutela judicial efectiva)
  • Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia

Internacional

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD)
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