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Jurisprudencia

Legálitas se libra de reembolsar a un asegurado 8.400 euros de honorarios de abogado, cantidad que tuvo que asumir cuando fue detenido en el extranjero

La causa del siniestro, una orden de detención, era preexistente a la contratación del seguro

(Imagen: E&J)


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Legálitas se libra de reembolsar a un asegurado 8.400 euros de honorarios de abogado, cantidad que tuvo que asumir cuando fue detenido en el extranjero

La causa del siniestro, una orden de detención, era preexistente a la contratación del seguro

(Imagen: E&J)

La compañía de seguros Legálitas ha logrado vencer en los tribunales a un asegurado que reclama el reembolso de 8.400 euros de gastos de defensa que tuvo que asumir durante su estancia en el extranjero y que, a su juicio, estaban cubiertos por el seguro de asistencia en viajes de la póliza que tenía contratada con la aseguradora.

Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), en 2020 el asegurado suscribió una póliza de seguro de asistencia en viaje para los días 29 de enero a 28 de febrero de ese mismo año, ya que iba a viajar a Jordania. Una vez pisó suelo extranjero, fue detenido por las autoridades jornadas al existir una orden de detención de la República de Irak contra él por un desfalco de fondos públicos y por el que el Tribunal Penal de Ruzafa le condenó a 10 años de prisión.

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Como consecuencia de la detención, el ciudadano estuvo retenido durante 9 meses en Jordania y tuvo que contratar los servicios de un abogado jordano, cuyos honorarios ascendieron a 8.400 euros. Finalmente, el hombre fue absuelto de los hechos que se le imputaban y regresó a España.

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Una vez en nuestro país, demandó a Legálitas reclamando el importe correspondiente a los honorarios que se vio obligado abonar al abogado jordano durante su estancia allí. El demandante alegaba que desconocía el curso del procedimiento judicial existente contra él, así como la condena dictada en el mismo ya que se encontraba viviendo en España y no llegó a recibir personalmente ninguna notificación.

(Imagen: Legálitas)

La causa del siniestro era preexistente a la contratación de la póliza

No obstante, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Pamplona desestimó la demanda al entender que la causa del siniestro era preexistente a la contratación de la póliza, ya que el motivo de la extradición a Irak fue que el actor era reclamado por la Policía Internacional (Interpol) para la República de Irak al ser fugitivo de la justicia por no haber cumplido la condena 10 años de prisión.

Asimismo, el juez de instancia entendió que el hecho de que el actor desconociera la condena y la emisión de la orden de extradición en ningún caso obligaba a la aseguradora a dar cobertura al siniestro, ya que deriva de un hecho preexistente. Por ende, el Juzgado declaró nulo el seguro al amparo del artículo 4 de la Ley de Contrato de Seguro.

La sentencia fue recurrida en apelación por el asegurado, quien además de reiterar su desconocimiento sobre la orden de detención existente contra él también alegaba en el recurso que para que el contrato perdiera su eficacia era necesario que el tomador incurriera en dolo grave o culpa grave, y que, ante la dificultad probatoria existente por tratarse de un hecho negativo de difícil probanza, era la aseguradora la que debía probar lo contrario.

La Audiencia Provincial de Navarra, por su parte, no ha compartido la apreciación del recurrente por cuanto “evidentemente, la facilidad probatoria al respecto la tiene el recurrente por ser quien puede tener acceso al expediente donde conste la ausencia en el mismo, y la falta de notificación de las resoluciones”. En este sentido, los magistrados entiende que “carece de sentido que sea la aseguradora la que deba probar un hecho personal del asegurado”.

Por tanto, ante la falta de prueba del desconocimiento de los hechos, y no poniéndose en duda la preexistencia de la causa del siniestro, ha desestimado el recurso y confirmado la sentencia recurrida que absuelve a Legálitas de tener que reembolsar al asegurado los gastos de defensa de la póliza del seguro de viajes.

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