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Accidente de conductor borracho: consecuencias indemnizatorias

La aseguradora puede reclamar al conductor el reintegro de las cuantías que pagó de indemnizaciones si así se estipuló en el contrato y el asegurado lo aceptó de forma clara

(Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 2 min

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Accidente de conductor borracho: consecuencias indemnizatorias

La aseguradora puede reclamar al conductor el reintegro de las cuantías que pagó de indemnizaciones si así se estipuló en el contrato y el asegurado lo aceptó de forma clara

(Imagen: E&J)

Muchas compañías de seguros han tratado de ejercer la acción de repetición contra sus asegurados cuando estos han provocado un accidente de circulación estando bajo los efectos del alcohol, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 10 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación de Vehículos a Motor, que reconoce a las aseguradoras el “derecho de repetición”.

Este derecho permite a la compañía de seguros exigir al conductor que conducía bajo los efectos del alcohol, el reintegro de las cuantías que pagó por concepto de indemnizaciones. El procedimiento para que la compañía ejerza el derecho de repetición contra el conductor puede realizarse por vía extrajudicial, mediante requerimiento, o por vía judicial, interponiendo demanda por el importe abonado en la que deberá demostrar que cuando ocurrió el accidente el conductor estaba al volante bajo los efectos del alcohol.

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Pero esta reclamación solo podría triunfar en el caso de que se hubiera previsto de forma expresa en el contrato de seguro y hubiera constado la aceptación clara del asegurado, ya que se trata de una cláusula limitativa de los derechos del asegurado.

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Como tal cláusula limitativa, para que sea válida debe cumplir dos requisitos: ser destacada de modo especial y ser aceptada por escrito con la finalidad de que el asegurado tenga conocimiento exacto del riesgo cubierto.

Esa aceptación por escrito supone que la firma del tomador del seguro no debe aparecer solo en el contrato general, sino también en las condiciones particulares, que es el documento donde habitualmente deben aparecer las cláusulas limitativas de derechos. En el supuesto de que esta cláusula cumpliera los requisitos indicados, la compañía de seguros tendría un plazo de un año para reclamar al conducator, a contar desde la fecha en que la compañía de seguros hizo el pago a los perjudicados.

(Imagen: E&J)

En conclusión, en caso de accidente provocado por un conductor borracho, la compañía aseguradora está obligada a pagar a los terceros afectados por el accidente. Y, después de haber realizado ese pago a las víctimas, la compañía podrá intentar recuperar esa cantidad reclamándola al asegurado que causó el accidente conduciendo bajo los efectos del alcohol si en el contrato de seguro se previó una cláusula en tal sentido que cumpliera los requisitos indicados en los anteriores párrafos.

Con relación a esta materia es interesante consultar la sentencia de la Audiencia Provincial de Santander, Sección 2ª, n.º de recurso 407/2018, de 31 de octubre de 2018, que a su vez hace referencia a interesante doctrina del Tribunal Supremo en esta materia.

Finalmente hay que recordar que en el supuesto de que un conductor que circula bajo los efectos del alcohol participe en un accidente sin ser el culpable del mismo, al no ser responsable del accidente, tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que ha sufrido.

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