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La firma

España se retira de Eurovisión, RTVE desafina en diplomacia desde Prado del Rey

"RTVE está entrando en el terreno de la política exterior"

(Imagen: RTVE)

David García Ferrero

Abogado & Corporate Growth Director en Preico Holding




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




La firma

España se retira de Eurovisión, RTVE desafina en diplomacia desde Prado del Rey

"RTVE está entrando en el terreno de la política exterior"

(Imagen: RTVE)

España llegó por primera vez a Eurovisión en 1961, como quien asoma la cabeza a un salón donde bailan los adultos. No era solo música: era una ceremonia de Estado, una liturgia diplomática disimulada entre brillantinas. Durante décadas, aquel viaje anual fue la prueba de que España estaba ahí, firme, reconocible, con una voz única que, aunque desafinara, existía.

Hoy, sin embargo, esa voz se ha roto en mil pedazos. La retirada del certamen no es una decisión: es un gesto, un manotazo en el aire de una política que ya no gobierna, sino que improvisa. Antes, la política exterior era una catedral: sólido mármol estatal. Ahora es una verbena donde cualquier órgano instrumental se siente embajador y cualquier despacho oscuro cree tener derecho a representar a España sin haber recibido jamás el mandato para hacerlo.

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En este nuevo país, las competencias no se ejercen: se improvisan y tergiversan. Las decisiones no se justifican: se escenifican. El Derecho, antaño montaña severa, se ha vuelto espuma. Y España, aquella que cantaba cada mayo, unas veces con acierto hasta lograr victorias que aún resuenan en el eco de la historia, otras con torpeza y dignidad, ha quedado convertida en un murmullo sin dueño.

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El ciudadano asiste, inerme, al apagón. La retirada de Eurovisión es un síntoma. El síntoma de un Estado que deja de ser Estado para convertirse en escenario. De una política que ya no escribe leyes, sino que colecciona gestos. Y de un país que, sin darse cuenta, ha dejado de cantar porque ha dejado, simplemente, de tener una sola voz.

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Hoy, en diciembre de 2025, cuando el mundo se ha convertido en un enorme escenario de mapas rotos, alianzas frágiles y conflictos crónicos, RTVE ha decidido que España no estará en Viena. Y no por razones presupuestarias o técnicas. No porque no haya candidatura. No porque no se llegue a tiempo con los ensayos. Sino por una decisión institucional —política, aunque no formulada como tal— en virtud de la cual RTVE se retira del Festival si Israel permanece en él. Y lo hace invocando principios, cuestionando neutralidades, denunciando la instrumentalización del certamen por parte del Estado hebreo.

La pregunta jurídica, sin embargo, es inevitable: ¿puede una corporación pública tomar decisiones de esta envergadura en solitario? ¿Dónde termina su autonomía funcional y dónde empieza la responsabilidad del Estado? ¿Qué ocurre cuando una institución instrumental se convierte, de facto, en actor diplomático?

(Imagen: RTVE)

Del gesto simbólico al activismo sin cobertura normativa

El hecho es conocido: el Consejo de Administración de RTVE, en septiembre de 2025, aprobó un acuerdo según el cual España se retiraría del Festival de Eurovisión 2026 si Israel participaba. La decisión se ha materializado tras la confirmación oficial, por parte de la Unión Europea de Radiodifusión (UER), de que la televisión israelí KAN formará parte del certamen. Y así, el 4 de diciembre, RTVE emitió un comunicado confirmando su ausencia.

Desde el punto de vista administrativo, no hay duda de que RTVE goza de autonomía funcional. La Ley 17/2006, que regula la radiotelevisión estatal, le confiere personalidad jurídica propia, independencia editorial y capacidad para adoptar decisiones en el ámbito de su actividad. Pero esa autonomía no es una carta blanca para actuar en nombre del Estado en cuestiones de proyección internacional. RTVE puede elegir no retransmitir una serie. No está obligada a emitir un partido. Pero cuando decide no participar en un evento de carácter transnacional, en el que España ha estado presente durante más de seis décadas, está entrando —aunque lo niegue— en el terreno de la política exterior.

La retirada como acto administrativo con efectos externos

El Derecho Administrativo ha abordado en numerosas ocasiones los efectos jurídicos de las decisiones de órganos institucionales con autonomía funcional. La jurisprudencia ha sido clara al respecto: cuando esas decisiones generan consecuencias patrimoniales o afectan a derechos de terceros, deben ser motivadas, proporcionales y sujetas a control de legalidad. Y aquí es donde surgen las primeras dudas.

¿Qué motivación jurídica concreta se ha ofrecido? ¿Qué informe avala que esta decisión no compromete derechos contractuales, comerciales o reputacionales? ¿Qué procedimiento ha articulado RTVE para coordinar esta decisión con el Ministerio de Asuntos Exteriores, responsable último de la posición de España en organismos internacionales?

La actuación, por más envoltorio ético que se le quiera dar, tiene naturaleza de acto administrativo. Y como tal, es susceptible de generar responsabilidad si produce daños antijurídicos. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece con claridad que las Administraciones y sus entes instrumentales deben reparar los perjuicios causados por actos que los ciudadanos no tienen el deber jurídico de soportar. Imaginemos un productor que había suscrito contratos con vistas a la participación de España. Una discográfica con compromisos comerciales en marcha. Un representante artístico con reservas hechas. Si se acreditan daños directos, individualizados y económicamente evaluables, se abre la puerta a reclamaciones que podrían desembocar en indemnizaciones.

(Imagen: RTVE)

La diplomacia en manos de un consejo de administración

Más allá de la esfera patrimonial, lo que resulta jurídicamente más preocupante es el precedente institucional. RTVE ha adoptado una decisión de alcance diplomático —en la práctica, un acto de política exterior— sin el aval de los órganos competentes. Porque por mucho que se quiera revestir de neutralidad, lo cierto es que la retirada responde a una valoración política sobre la idoneidad de la participación de Israel. RTVE ha hecho un juicio —ético, político, geoestratégico, si se quiere— sobre un Estado extranjero y ha actuado en consecuencia.

Pero eso, en un Estado de Derecho, no corresponde a una corporación pública instrumental. Corresponde al Gobierno. O, en su caso, a las Cortes Generales. La política exterior es una competencia indelegable, íntimamente ligada a la soberanía nacional. No puede ser ejercida por un consejo de administración ni articulada mediante comunicados institucionales que omiten el pronunciamiento expreso de los órganos con potestad para ello.

¿Neutralidad o activismo?

Paradójicamente, RTVE justifica su retirada apelando a la necesidad de preservar la neutralidad del Festival. Pero al hacerlo, ha introducido —de forma explícita— una carga política a su propio posicionamiento. Y así, lo que pretendía ser una defensa de la cultura despolitizada se convierte, a efectos jurídicos, en un acto de activismo institucional.

El Derecho público conoce bien el riesgo de la desviación de poder: cuando una institución invoca una competencia para un fin distinto al previsto por la norma. En este caso, RTVE actúa bajo el paraguas de la programación cultural, pero adopta una decisión cuya finalidad —por lo declarado— es ejercer presión sobre una organización internacional y manifestar disconformidad con la actuación de un Estado tercero.

Y esto, aunque pueda parecer menor, vulnera el principio de interdicción de la arbitrariedad (art. 9.3 CE) y desafía los fundamentos del orden administrativo.

Un precedente peligroso

Cabe preguntarse qué ocurrirá si otros entes públicos —una universidad, un consorcio cultural, una fundación estatal— deciden mañana no participar en un foro internacional por razones ideológicas o geopolíticas. ¿Habremos abierto la puerta a una diplomacia paralela ejercida por estructuras administrativas sin legitimación para ello? ¿Podrá el Gobierno desentenderse, como ahora, alegando que se trata de decisiones autónomas de un ente público?

La historia nos enseña que cuando los instrumentos del Estado se convierten en actores políticos autónomos, el orden institucional se resiente. Ya ocurrió en otras épocas —basta recordar el uso propagandístico de RTVE en los años setenta y ochenta—, y uno de los grandes logros de la democracia fue reconfigurar la televisión pública como un servicio profesional, sujeto al control parlamentario y al menos teóricamente ajeno al vaivén político.

Esta decisión, sin embargo, parece retrotraernos a un tiempo en el que los órganos administrativos tomaban decisiones de Estado sin deliberación pública ni control jurídico.

España no acudirá a Eurovisión. RTVE no emitirá el certamen. Y el gesto, sin duda, será aplaudido por quienes comparten la posición ética de la Corporación. Pero más allá de lo político, queda lo jurídico. La pregunta que flota en el aire —y que nadie parece querer formular— es la más incómoda de todas: ¿se ha actuado conforme a Derecho?

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