Condenados tres trabajadores de una inmobiliaria que estafaron 1.400 euros a varias clientas
La Audiencia Provincial de Pontevedra les ha impuesto un año de prisión a cada uno de ellos
(Imagen: E&J)
Condenados tres trabajadores de una inmobiliaria que estafaron 1.400 euros a varias clientas
La Audiencia Provincial de Pontevedra les ha impuesto un año de prisión a cada uno de ellos
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a la dueña de una inmobiliaria y a dos trabajadores de la misma a un año de prisión a cada uno por estafar 1.400 euros de dos clientas.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), en mayo de 2023 una de las trabajadoras acusadas de la inmobiliaria, con ánimo de obtener un ilícito beneficio económico, formalizó con una clienta el alquiler de un piso en el municipio de Nigrán (Galicia), comentando a dicha clienta que tenía que hacer una reserva para entrar en septiembre, ya que en época estival no alquilaban la vivienda. La víctima, acompañada de otro de los acusados —también empleado de la inmobiliaria y conocedor de la gestión del piso y que actuaba en connivencia con las otras acusadas—, acudió a un cajero y entregó al trabajador la cuantía de 600 euros como señal por la reserva del piso.
Sin embargo, solo cinco días más tarde la mujer encontró otra vivienda que estaba disponible de forma inmediata y como le urgía la mudanza le pidió a la empleada de la inmobiliaria que le reembolsara el dinero entregado como señal, ya que necesitaba esa cantidad para alquilar el otro piso. Pero el dinero nunca fue devuelto a la víctima, quedándoselo los acusados en su propio beneficio y dando a la clienta todo tipo de excusas para no devolverle el dinero.

(Imagen: E&J)
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El segundo caso de estafa se dio cuando la misma trabajadora de la inmobiliaria negoció con otra clienta el alquiler vacacional de un inmueble en Vigo para el periodo comprendido entre julio y agosto de 2023. La víctima entregó 800 euros como señal, cantidad que transfirió a una cuenta bancaria que le hicieron creer que era de la propietaria del piso, la cual había contactado con los acusados, como empleados de la inmobiliaria, para que le alquilasen el piso. Sin embargo, la cuenta bancaria a la que transfirió la víctima el dinero era en realidad titularidad del otro empleado acusado.
Así, con ánimo de ilícito beneficio económico, hicieron creer a esta segunda clienta que tenían autorización de la propietaria del piso cuando lo cierto es que ésta (la propietaria de la vivienda) no estaba de acuerdo con las condiciones del alquiler que le proponían los acusados, quedándose los acusados los 800 euros recibidos en su propio beneficio.
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha calificado los anteriores hechos descritos como constitutivos de un delito de apropiación indebida del artículo 253 en relación con el artículo 250.1 Código Penal y de un delito de estafa del artículo 251.1º del Código Penal.
Y, como consecuencia de ello, ha condenado a los tres acusados —a la propietaria de la inmobiliaria y a los dos empleados— como autores y criminalmente responsables cada uno de ellos de un delito de apropiación indebida y de un delito de estafa a las penas de 1 año de prisión y multa de 540 euros para cada uno de ellos.

