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Jurisprudencia

Los locales del edificio deben contribuir al pago de la nueva caldera comunitaria, aunque no estén conectados a la calefacción

De los únicos gastos de calefacción que están exentos de pagar, si no están conectados a ella, son de consumo y mantenimiento

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Los locales del edificio deben contribuir al pago de la nueva caldera comunitaria, aunque no estén conectados a la calefacción

De los únicos gastos de calefacción que están exentos de pagar, si no están conectados a ella, son de consumo y mantenimiento

(Imagen: E&J)

Los propietarios de los locales de un edificio que no están conectados a la calefacción comunitaria están exentos de pagar los gastos de consumo y mantenimiento, no obstante, y pese a que no estén conectados, están obligados a contribuir en el pago de la nueva caldera que se instale en sustitución de la antigua.

Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Cantabria al entender que, la sustitución de la caldera comunitaria es un gasto que debe ser costeado por todos los propietarios del edificio, tanto de viviendas como de locales, ya que la instalación de la nueva calefacción es un servicio del que podrán beneficiarse todos los comuneros, incluidos los de los locales si en un futuro deciden voluntariamente conectarse al sistema de calefacción.

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