Un vecino es obligado a retirar el huerto que había montado en el patio comunitario del edificio
La actividad de plantación llevada a cabo en la terraza, que es de uso privativo por cuanto se accede a la misma desde su vivienda, provocó que la humedad del riego se filtrara hacia el garaje
(Imagen: E&J)
Un vecino es obligado a retirar el huerto que había montado en el patio comunitario del edificio
La actividad de plantación llevada a cabo en la terraza, que es de uso privativo por cuanto se accede a la misma desde su vivienda, provocó que la humedad del riego se filtrara hacia el garaje
(Imagen: E&J)
La justicia ha fallado a favor de una comunidad de propietarios, obligando a uno de sus vecinos a retirar el huerto urbano que había montado en la terraza comunitaria y en el que cultivaba sobre tierra que echaba encima de las baldosas del suelo. Además de la actividad de plantación, este propietario utilizaba el patio —el cual es de uso privativo porque se accede al mismo desde su vivienda— para acumular chatarra y materiales de obra.
La Audiencia Provincial de León ha señalado al respecto que “el hecho de que el demandado tenga atribuido el uso exclusivo y excluyente de la terraza, no quiere decir que pueda desarrollar en ella, actividades molestas, peligrosas o insalubres, ni eludir por tanto lo dispuesto el artículo 7.2 de la y 9.1 b) de la Ley de Propiedad Horizontal”.
Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), el espacio comunitario objeto de este litigio es un patio/terraza, si bien el uso del mismo es privativo del propietario demandado por cuanto se accede al mismo a través de su vivienda. En dicho patio discurren tres bajantes de los canalones del edificio que desaguan en la terraza a través del sumidero existente en ella, así como las tuberías del gas.
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