Los operadores jurídicos de Madrid y Barcelona quieren menos MASC
Las principales instituciones jurídicas advierten de riesgos para la protección de menores y piden ampliar las excepciones legales en procesos de familia y conflictos internacionales
(Imagen: Poder Judicial)
Los operadores jurídicos de Madrid y Barcelona quieren menos MASC
Las principales instituciones jurídicas advierten de riesgos para la protección de menores y piden ampliar las excepciones legales en procesos de familia y conflictos internacionales
(Imagen: Poder Judicial)
Los principales operadores jurídicos de Madrid y Barcelona han alzado la voz contra la aplicación obligatoria de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en determinados procedimientos de familia. En un comunicado conjunto, las principales instituciones jurídicas de ambas ciudades reclaman limitar su uso en casos especialmente sensibles, como aquellos que afectan a menores o presentan carácter transfronterizo.
El pronunciamiento ha sido suscrito por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, los colegios de procuradores de ambas ciudades y la Asociación profesional de Letrados de la Administración de Justicia. Todas estas entidades coinciden en que la actual regulación, introducida por la Ley Orgánica 1/2025, puede generar efectos contraproducentes en determinados procedimientos.
Según advierten, la imposición de los MASC en asuntos de familia con menores puede derivar en situaciones de “desprotección infantil”, además de provocar dilaciones innecesarias en procedimientos donde están en juego derechos fundamentales como la custodia o la pensión de alimentos. En este sentido, consideran que la medida podría entrar en conflicto con el artículo 39 de la Constitución española, que establece la protección integral de los menores como principio rector.
Las instituciones firmantes subrayan, además, que en España cerca del 80% de los divorcios ya se resuelven de mutuo acuerdo conforme al artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que, a su juicio, hace innecesaria la obligatoriedad de acudir previamente a mecanismos alternativos en estos casos.
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Otro de los puntos críticos del comunicado se centra en los conflictos transfronterizos. Los operadores jurídicos alertan de que la exigencia de los MASC puede generar distorsiones en situaciones de litispendencia internacional, dificultando la coordinación entre jurisdicciones y retrasando la resolución de los procedimientos.
Por ello, solicitan una modificación del artículo 5.2 de la citada ley para ampliar las excepciones y excluir de forma expresa todos los casos que afecten a menores en contextos internacionales, con el objetivo de garantizar una tutela judicial efectiva, ágil y adaptada a la especial sensibilidad de estos asuntos.

