Barrabés, procesado por corrupción, sigue en el consejo del Banco Santander: el BCE puede forzar su cese para salvar la reputación del banco
El consejero de uno de los bancos más importantes de la eurozona está procesado por delitos contra la Administración Pública, relacionados con contratos públicos millonarios adjudicados a sus empresas
(Imagen: E&J)
Barrabés, procesado por corrupción, sigue en el consejo del Banco Santander: el BCE puede forzar su cese para salvar la reputación del banco
El consejero de uno de los bancos más importantes de la eurozona está procesado por delitos contra la Administración Pública, relacionados con contratos públicos millonarios adjudicados a sus empresas
(Imagen: E&J)
Pocos días después de que el juez Juan Carlos Peinado dictara auto de procesamiento contra Juan Carlos Barrabés por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios en el caso Begoña Gómez, el empresario aragonés continúa figurando como consejero externo independiente en la página oficial del Banco Santander.
Su nombre aparece en la lista actualizada del consejo de administración, donde forma parte de las comisiones clave de Nombramientos, Banca Responsable, Sostenibilidad, Cultura e Innovación y Tecnología.
El banco que preside Ana Botín lo mantiene en el cargo a pesar de que el procesamiento abre la puerta al juicio oral y de que fuentes del Banco Central Europeo (BCE) han confirmado que van a analizar su idoneidad (“fit & proper”).
El supervisor europeo, que ya dio el visto bueno en 2024, ahora enfrenta un hecho nuevo de gravedad evidente: un consejero de uno de los bancos más importantes de la eurozona está procesado por delitos contra la Administración Pública relacionados con contratos públicos millonarios adjudicados a sus empresas (Innova Next y The Valley) por Red.es.
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Este caso no es solo un problema judicial, es un riesgo reputacional de primer orden que obliga al Santander a actuar de inmediato. Mantener a Barrabés en el consejo ya no es defendible bajo criterios de buen gobierno corporativo, honorabilidad y protección de los accionistas. El cese no es opcional: es necesario.
El procesamiento que lo cambia todo
El auto del juez Peinado del 13 de abril de 2026 no es una mera formalidad. Procesa a Barrabés junto a Begoña Gómez y su asesora por presuntos favores a cambio de cartas de apoyo institucionales desde la cátedra que codirigía la esposa del presidente del Gobierno. Se trata de contratos públicos que, según la investigación, se habrían visto beneficiados por influencias políticas.
Barrabés ya estaba investigado desde julio de 2024. En aquel momento, el Santander cerró filas: “El mero hecho de ser investigado no implica perder la idoneidad”, declaró el consejero delegado Héctor Grisi. La Junta de Accionistas lo reeligió el 27 de marzo de 2026, solo semanas antes del procesamiento.
Hoy, el banco guarda silencio oficial. No ha emitido comunicado alguno. Sin embargo, el paso de investigado a procesado eleva el umbral. Ya no es una mera sospecha: un juez ha considerado que existen indicios suficientes para sentarlo en el banquillo.

(Imagen: E&J)
Lo que dice el Reglamento del Consejo del Santander
El propio Reglamento del Consejo de Administración (versión vigente con modificaciones de 2023) es claro. En su artículo sobre cese de consejeros establece que estos “deberán poner su cargo a disposición del Consejo y formalizar la dimisión si este, previo informe de la Comisión de Nombramientos, lo considera conveniente en los casos que puedan afectar negativamente al funcionamiento del consejo o al crédito y reputación de la Sociedad”.
Además, exige que los consejeros sean personas de “reconocida honorabilidad comercial y profesional”. Un procesamiento por corrupción en los negocios afecta directamente a ese requisito.
El Código General de Conducta obliga a informar de cualquier imputación penal, pero el banco lo interpreta de forma laxa: “evaluación caso por caso”. La Comisión de Nombramientos (integrada por independientes) ha considerado hasta ahora que Barrabés sigue siendo idóneo por su experiencia en digitalización e innovación. Pero esa valoración interna ya no basta. El riesgo reputacional es objetivo y medible.
La actuación del Banco Santander y su Código General de Conducta
El Código General de Conducta (versión julio 2024), es el documento central que establece los principios éticos y normas de conducta para todo el Grupo Santander y se aplica a todos los miembros del equipo, incluyendo a los miembros de los órganos de administración (es decir, los consejeros como Barrabés). Dice literalmente el citado Código Ético: “Este código es de aplicación a cada uno de los miembros del equipo de Santander en todo el Grupo, incluyendo todos los profesionales que componen la plantilla, los miembros de la alta dirección y los miembros de los órganos de administración de las sociedades que conforman Grupo Santander”.
El departamento de cumplimiento ético tiene la obligación de información en procedimientos judiciales. Así lo dice el Código Ético en la Sección 4.1: “Se debe informar lo antes posible a tu responsable, Recursos Humanos y Cumplimiento & Conducta si te ves incurso en un procedimiento penal o administrativo tramitado por autoridades u organismos que supervisan la actividad de nuestras sociedades, tanto si eres presunto responsable, testigo o incluso si tu participación no está relacionada con tu desempeño profesional”.
En el caso de Barrabés, al pasar de investigado (julio 2024) a procesado (13 de abril de 2026), debía haber comunicado formalmente el hecho al departamento de Cumplimiento y Conducta, ya que las consecuencias del incumplimiento del Código (incluida la falta de comunicación) puede acarrear medidas disciplinarias, además de las posibles sanciones administrativas o penales.
En el caso Barrabés, el departamento de Cumplimiento debería haber recibido la comunicación de su procesamiento, registrar el expediente, evaluar el riesgo reputacional e informar a la Comisión de Nombramientos para que esta valorara si su procesamiento por los delitos de delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, afecta a la idoneidad de este consejero del banco.
Esta Comisión de Nombramientos es la que realmente evalúa y propone la continuidad o el cese de un consejero y está regulada en el Artículo 18 del Reglamento del Consejo de Administración (versión vigente tras modificación de julio 2023) y en la Política de selección, evaluación de idoneidad y sucesión de consejeros. La Comisión está formada por entre 3 y 9 consejeros externos no ejecutivos y la preside un consejero independiente. Actualmente la preside Belén Romana y es ella quién debería poner en marcha la reevaluación del consejero Barrabés, después de haber asido procesado. ¿Lo ha hecho?

Ana Botín, presidenta ejecutiva del Banco Santander. (Imagen: Banco Santander)
Dice el reglamento del Consejo de Administración del Banco Santander (Art. 18): “Evaluará periódicamente, y al menos una vez al año, la idoneidad de los diversos miembros del consejo de administración y de este en su conjunto, e informará al consejo de administración en consecuencia”. En consecuencia en este caso de Barrabés, y habiendo surgido una circunstancia que pueda afectar a la honorabilidad, reputación o buen gobierno del Banco Santander, la Comisión debe realizar una reevaluación específica.
Además, los consejeros tienen obligación expresa de comunicar “cuanto antes” cualquier circunstancia que pueda perjudicar el crédito y reputación del banco, “en particular, las causas penales en las que aparezcan como investigados, así como su evolución procesal” (Artículo 36 del Reglamento del Consejo).
¿Ha comunicado oficialmente, el consejero Barrabés, al Consejo su procesamiento?
Si lo ha comunicado, la Comisión debería reunirse urgentemente y analizar si el hecho del procesamiento por tráfico de influencias y corrupción, afecta a la “honorabilidad comercial y profesional” del consejero, a la integridad o al riesgo reputacional, y debería emitir un informe motivado al Consejo de Administración, y a su vez. el Consejo solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese.
En el caso concreto de Barrabés, la Comisión ha realizado “seguimiento continuo” del procedimiento judicial (según declara el banco en sus informes de gobierno corporativo) y había concluido que hasta ahora que no existía “circunstancia nueva” que justificara el cese, basándose en la presunción de inocencia y en que el mero procesamiento no implica pérdida automática de idoneidad. Pero con su nueva situación de procesado, la cosa cambia.
El banco mantenía que como investigado, de momento, no veía motivos para apartarlo, pero con el procesamiento ha de reevaluarlo por hechos nuevos y el BCE está seguro que está reevaluando la idoneidad del consejero y puede forzar el cambio.
El BCE tiene la última palabra y debe usarla. Aquí radica la clave regulatoria
El BCE, supervisor directo de Santander como entidad significativa, aplica su Guía para la evaluación de la idoneidad (Fit & Proper Guide, 2021) y el artículo 16 del Reglamento SSM. Un “hecho nuevo” como el procesamiento activa una reevaluación obligatoria. El supervisor valora especialmente la gravedad de los delitos (tráfico de influencias y corrupción son de los más graves para un cargo de supervisión), el impacto reputacional en el banco y la a capacidad del consejero para ejercer sus funciones con integridad.
Si el BCE concluye que Barrabés ya no es idóneo, el banco está obligado a cesarlo. En caso de resistencia, el propio supervisor puede dictar una decisión formal de remoción.
Fuentes del BCE confirman que el análisis ya está en marcha. Mantenerlo mientras el BCE evalúa equivale a jugar con fuego. El Santander aspira a ser uno de los cinco grandes bancos líderes de la futura unión bancaria europea.
¿Puede permitirse tener en su consejo a alguien procesado por corrupción? La respuesta regulatoria es clara: no. Existen riesgos reales para el banco y sus accionistas. Los costes de no cesarlo son elevados.
Existe un claro riesgo reputacional, ya que el banco presume de “banca responsable” y altos estándares éticos. Mantener a Barrabés genera críticas de analistas, medios y algunos accionistas que ya cuestionaron su reelección en la junta.
Existe un riego económico, si acudimos a los datos de la remuneración de Barrabés en 2025, que superó los 258.000 euros en dietas. Pero el daño mayor es intangible, existe un posible impacto en la cotización, mayor escrutinio de inversores institucionales y pérdida de confianza de clientes. Existe un riego regulatorio, ya que el BCE podría imponer condiciones adicionales o, en el peor escenario, cuestionar la idoneidad colectiva del consejo, y además no existen muchos precedentes. En la actualidad es raro en España que directivos sigan en el cargo procesados, porqué que el supervisor o el mercado lo impiden. En Europa, el BCE ha forzado ceses preventivos por riesgos reputacionales antes de sentencia firme. El propio Reglamento del Consejo obliga a valorar si el caso “afecta negativamente al crédito y reputación de la Sociedad”. Objetivamente, lo hace.

(Imagen: Banco Santander)
¿Por qué el cese de Barrabés es urgente e imprescindible?
El Santander tiene margen legal para mantener a Barrabés mientras no haya condena firme, apelando a la presunción de inocencia. Pero el buen gobierno no se mide solo por lo que permite la ley mínima, sino por lo que exige la ética y la prudencia regulatoria. Mantenerlo genera una percepción de debilidad ante posibles presiones políticas, y conlleva un desgaste innecesario para Ana Botín y el equipo directivo, a consecuencia de la contradicción que supone mantener a Barrabés de consejero, con los principios de banca responsable que el banco publicita.
El cese no equivale a prejuzgar culpabilidad. Equivale a proteger la institución. Barrabés puede defenderse en los tribunales sin arrastrar al Santander. El banco, en cambio, no puede permitirse aparecer como una entidad que tolera riesgos reputacionales de este calibre. El BCE ya está vigilando. Santander debería anticiparse y forzar la salida de Barrabés antes de que el supervisor lo imponga. No hacerlo no solo es arriesgado: es innecesario e irresponsable.
La situación sigue abierta, pero el reloj corre. En las próximas semanas, el BCE decidirá. El Santander tiene la oportunidad —y la obligación— de demostrar que prioriza la integridad sobre la inercia. El cese de Juan Carlos Barrabés no es una opción. Es una necesidad imperiosa para preservar la credibilidad de uno de los pilares del sistema financiero español y europeo.

