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Jurisprudencia

18 meses de prisión por estafar con falsos alquileres a través de Milanuncios y Fotocasa

La Audiencia Provincial de Pontevedra le ha condenado como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa agravada

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

18 meses de prisión por estafar con falsos alquileres a través de Milanuncios y Fotocasa

La Audiencia Provincial de Pontevedra le ha condenado como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa agravada

(Imagen: E&J)

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un hombre 18 meses de prisión y a una multa de aproximadamente 1.260 euros por estafar a cuatro personas con falsos alquileres de una vivienda en Vigo.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial le ha condenado como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa agravada de los arts. 248 y 250.1. 1º, y 74 del Código Penal, al tener en cuenta que se trata de un delito continuado y que llegó a defraudar la cantidad de 2.400 euros. Asimismo, el condenado tendrá que indemnizar a las cuatro víctimas con las cantidades que le estafó a cada una de ellas.

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Las víctimas habían visto el piso anunciado en Milanuncios o Fotocasa

Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), el acusado, con ánimo de ilícito beneficio y a sabiendas de que no iba a cumplir lo acordado, usó la página web de Milanuncios y el portal Fotocasa para ofrecer, sin tener capacidad dispositiva ni de administración para ello, alquileres de pisos destinados a vivienda en la ciudad de Vigo y de pisos para alquiler vacacional.

Así, hasta cuatro personas contactaron con él y siguiendo instrucciones del acusado en la creencia de que este podía disponer de los pisos que ofrecía falsamente en alquiler, le llegaron a ingresar las cantidades de dinero que éste les pedía para reservar y guardar el piso. Las víctimas hacían el pago o por Bizum, o bien a la cuenta bancaria que les proporcionaba el acusado; dinero que nunca recuperaron las estafadas pese a reclamárselo.

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(Imagen: E&J)

Este modus operandi del acusado ha sido definido por la Audiencia Provincial como “una maquinación engañosa”, ya que fingió disponer de una vivienda con el fin de obtener un beneficio patrimonial, y para ello “se sirvió el acusado de engaño bastante y coetáneo en la medida que hizo creer a las perjudicadas que ostentaba una facultad de disposición sobre los pisos que ofertaba y que, por tanto, podía arrendarlos”.

“Las perjudicadas sufrieron un error esencial por cuanto estaban en la creencia de que la cantidad de dinero entregada iría destinada al alquiler de la vivienda, efectuaron un desplazamiento patrimonial en perjuicio propio y en beneficio del acusado, que sin el engaño descrito, no se habría efectuado”, recoge la sentencia.

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