¿Se puede acceder a la exoneración si pagas la sanción tras solicitar la EPI? Diferentes criterios de las Audiencias Provinciales
Debe primar la buena fe y la finalidad de la norma, pero además es importante una investigación exhaustiva
(Imagen: E&J)
¿Se puede acceder a la exoneración si pagas la sanción tras solicitar la EPI? Diferentes criterios de las Audiencias Provinciales
Debe primar la buena fe y la finalidad de la norma, pero además es importante una investigación exhaustiva
(Imagen: E&J)
En los últimos años, la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) se ha convertido en una herramienta fundamental para quienes buscan una segunda oportunidad tras una situación de insolvencia.
Sin embargo, la interpretación de los requisitos para acceder a este beneficio, especialmente cuando existen sanciones tributarias graves o muy graves, está generando auténticos quebraderos de cabeza tanto a deudores como a abogados.
¿Qué ocurre si el deudor paga la sanción después de solicitar el EPI, pero antes de que se resuelva? ¿Se le cierra la puerta a la exoneración? La respuesta, como veremos, depende de la Audiencia Provincial que resuelva el caso.
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