Retroactividad para valorar los daños por amianto
El Tribunal Supremo plantea un nuevo paradigma para la valoración de daños en contextos laborales y extracontractuales
(Imagen: E&J)
Retroactividad para valorar los daños por amianto
El Tribunal Supremo plantea un nuevo paradigma para la valoración de daños en contextos laborales y extracontractuales
(Imagen: E&J)
La sentencia del Tribunal Supremo (Sala I) 951/2025, de 17 de junio, ha introducido un cambio trascendental en la jurisprudencia al permitir la aplicación orientativa del baremo de valoración de daños establecido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, para cuantificar indemnizaciones por perjuicios derivados de la exposición al amianto, incluso en casos ocurridos antes de la entrada en vigor de dicha norma. Este fallo, que aborda un caso de daños sufridos por un trabajador de una fábrica debido a la inhalación de amianto, rompe con la tradición jurisprudencial que limitaba la aplicación del baremo al marco legal vigente en el momento del daño.
Al adoptar un enfoque más flexible, el Tribunal Supremo prioriza la reparación integral de los perjuicios y reconoce la utilidad del baremo como herramienta orientativa, especialmente en sectores distintos al de la circulación de vehículos, donde no tiene carácter vinculante. Esta decisión no solo redefine los criterios de indemnización en casos de amianto, sino que también plantea un nuevo paradigma para la valoración de daños en contextos laborales y extracontractuales, garantizando una compensación más justa y adaptada a las circunstancias de cada caso.
El caso examinado por el Tribunal Supremo tiene su origen en una demanda de indemnización presentada por un trabajador afectado por enfermedades derivadas de la exposición prolongada al amianto en su lugar de trabajo. Este material, ampliamente utilizado en industrias como la construcción y la manufactura hasta su prohibición en España en 2002, es conocido por causar patologías graves, como el mesotelioma y otras enfermedades pulmonares, debido a la inhalación de sus fibras. La víctima, que desarrolló una enfermedad relacionada con esta exposición, reclamó una compensación por los daños sufridos, incluyendo perjuicios físicos, morales y económicos. La controversia central radicaba en determinar qué normativa debía aplicarse para cuantificar la indemnización, dado que los hechos ocurrieron antes de la entrada en vigor de la Ley 35/2015, que reformó el sistema de valoración de daños en el ámbito de la responsabilidad civil.
Tradicionalmente, la jurisprudencia del Tribunal Supremo había sostenido que el régimen legal aplicable para valorar los daños era el vigente en el momento en que se producía el evento dañoso. Esta regla, aplicada tanto en accidentes de circulación como en otros contextos donde el baremo de tráfico se usaba de manera orientativa, reflejaba un principio de seguridad jurídica que evitaba la aplicación retroactiva de normas posteriores. En el ámbito de la circulación, la Ley 35/2015 estableció un baremo detallado para cuantificar indemnizaciones por lesiones, secuelas y fallecimientos, con criterios actualizados que reflejan mejor los costos médicos, las pérdidas económicas y el impacto emocional de los daños. Sin embargo, su disposición transitoria limita su aplicación a los accidentes ocurridos a partir de su entrada en vigor, el 1 de enero de 2016, lo que generaba dudas sobre su uso en casos anteriores, especialmente en sectores distintos al de los vehículos de motor.
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(Imagen: Poder Judicial)
La sentencia del Tribunal Supremo (Sala I) 951/2025 marca un punto de inflexión al permitir que el baremo de la Ley 35/2015 se aplique de manera orientativa a daños causados por el amianto antes de 2016, siempre que se trate de contextos donde el baremo no sea vinculante, como el laboral o el de responsabilidad extracontractual. El Tribunal Supremo justifica esta decisión en el principio de reparación integral del daño, consagrado en el artículo 1902 del Código Civil, que obliga a compensar todos los perjuicios sufridos, sean materiales o inmateriales.
Según el fallo judicial, el baremo proporciona criterios objetivos y actualizados que facilitan la cuantificación de las indemnizaciones, permitiendo a los tribunales adaptar las compensaciones a las particularidades de cada caso, incluso cuando los hechos ocurrieron bajo un marco legal anterior.
El razonamiento del Tribunal Supremo se centra en la naturaleza no vinculante del baremo en sectores distintos a la circulación. En estos ámbitos, los jueces tienen mayor discrecionalidad para determinar las indemnizaciones, utilizando el baremo como una guía que aporta coherencia y equidad a la valoración. La sentencia destaca que esta flexibilidad permite incluir daños no contemplados explícitamente en el baremo, aplicar criterios correctores según las circunstancias específicas y, de manera crucial, emplear los parámetros del baremo de 2015 para hechos anteriores, siempre que ello resulte más adecuado para garantizar una reparación justa. Este enfoque contrasta con la rigidez de la disposición transitoria de la Ley 35/2015, que limita su aplicación estricta a los accidentes de circulación posteriores a 2016, y refleja una interpretación progresista que prioriza la equidad sobre el formalismo legal.

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La aplicación orientativa del baremo en casos de amianto responde a las particularidades de este tipo de daños, que suelen manifestarse años o incluso décadas después de la exposición inicial. Las enfermedades relacionadas con el amianto, como el mesotelioma, tienen un período de latencia prolongado, lo que complica la determinación del momento exacto del daño y, por ende, del marco legal aplicable. En el caso analizado, el Tribunal Supremo reconoció que los criterios del baremo de 2015, que incluyen tablas actualizadas para lesiones permanentes, secuelas y perjuicios económicos, son más adecuados para reflejar el impacto real de estas enfermedades, especialmente en términos de costos médicos, pérdida de ingresos y sufrimiento personal. Al permitir su uso orientativo, el Tribunal asegura que las víctimas no queden desprotegidas por la aplicación de normas obsoletas que no contemplan la gravedad de los daños actuales.
Este cambio jurisprudencial tiene implicaciones significativas para los trabajadores expuestos al amianto, un colectivo que ha enfrentado históricamente dificultades para obtener compensaciones adecuadas debido a la complejidad de probar la relación causal entre la exposición y la enfermedad, así como a la falta de criterios uniformes para cuantificar los daños. La sentencia refuerza el derecho a una reparación integral, alineándose con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, como la sentencia 181/2000, de 29 de junio, que subraya que las indemnizaciones deben cubrir todos los perjuicios sufridos, incluyendo los morales y los económicos.
Al permitir la aplicación del baremo de 2015, el Tribunal Supremo ofrece a los jueces una herramienta moderna y flexible que facilita la valoración de daños complejos, garantizando que las víctimas reciban una compensación proporcional a su sufrimiento.
Sin embargo, la decisión no está exenta de desafíos. La aplicación retroactiva, aunque orientativa, podría generar controversias sobre la seguridad jurídica, ya que altera el principio de que las normas se aplican a los hechos ocurridos bajo su vigencia. Los empleadores y las aseguradoras podrían argumentar que esta flexibilidad introduce incertidumbre en la determinación de sus responsabilidades, especialmente en casos donde las exposiciones al amianto ocurrieron décadas atrás. Además, la falta de vinculación del baremo en el ámbito laboral implica que los tribunales deben ejercer un juicio discrecional para adaptar las cuantías, lo que podría derivar en disparidades entre casos similares si no se aplican criterios consistentes.
Otro aspecto relevante es el impacto económico de esta doctrina. Las indemnizaciones por daños derivados del amianto suelen ser elevadas debido a la gravedad de las enfermedades asociadas y a los costos asociados al tratamiento y la pérdida de calidad de vida. La aplicación del baremo de 2015, que establece cuantías más altas que los baremos anteriores, podría incrementar significativamente las compensaciones, lo que plantea desafíos para las empresas responsables y los fondos de compensación, como los creados en algunos países para víctimas del amianto. Sin embargo, el Tribunal Supremo prioriza el derecho de las víctimas a una reparación adecuada, reconociendo que los baremos anteriores no reflejaban adecuadamente el impacto de estas patologías.

(Imagen: E&J)
La sentencia también refleja una sensibilidad hacia el contexto social e histórico de los casos de amianto. Durante décadas, los riesgos de este material fueron subestimados o ignorados, exponiendo a miles de trabajadores a condiciones peligrosas sin medidas de protección adecuadas. La decisión del Tribunal Supremo de permitir una valoración más actualizada de los daños reconoce esta injusticia histórica y busca corregirla, ofreciendo a las víctimas una compensación que se ajuste a los estándares modernos de reparación. Este enfoque se alinea con la evolución del derecho de daños en Europa, donde los tribunales han adoptado criterios más generosos para indemnizar a las víctimas de exposiciones laborales tóxicas.
Ciertamente, la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala I) 951/2025 representa un avance significativo en la protección de las víctimas de daños por amianto, al permitir la aplicación orientativa del baremo de la Ley 35/2015 a casos anteriores a su entrada en vigor. Esta doctrina, fundamentada en el principio de reparación integral, ofrece una herramienta flexible y moderna para cuantificar indemnizaciones, garantizando que las víctimas reciban una compensación justa por los perjuicios sufridos. Aunque plantea desafíos en términos de seguridad jurídica y uniformidad en la aplicación, el fallo refleja un compromiso con la equidad y la justicia social, especialmente para un colectivo históricamente perjudicado. La evolución de esta jurisprudencia dependerá de cómo los tribunales equilibren la flexibilidad del baremo con la necesidad de criterios consistentes, asegurando que la reparación de los daños por amianto sea adecuada y proporcional en cada caso.

