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Récord de odio digital: 57.406 contenidos detectados exponen un vacío legal

El sistema FARO registró un aumento del 41% en julio, mientras sigue pendiente la ley que debe dar capacidad sancionadora al Coordinador de Servicios Digitales

(Imagen: E&J)

Pablo Javier Deheza

Periodista y redactor E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Récord de odio digital: 57.406 contenidos detectados exponen un vacío legal

El sistema FARO registró un aumento del 41% en julio, mientras sigue pendiente la ley que debe dar capacidad sancionadora al Coordinador de Servicios Digitales

(Imagen: E&J)

El pasado mes de julio registró el mayor volumen de discurso de odio detectado en redes sociales desde que existe el sistema FARO. Se detectaron 57.406 contenidos, de los cuales las plataformas eliminaron un 70%. El pico coincide con la última llegada masiva de personas migrantes a Ceuta y confirma un patrón ya conocido: los máximos de odio digital siguen a los hechos migratorios con una inmediatez casi mecánica.

Según el boletín, los contenidos de odio identificados en julio superaron en un 41% a los 40.800 de junio. Entre el 30 y el 31 se concentraron 9.590 mensajes, 17% del total, tras la llegada de migrantes marroquíes a Ceuta. La tasa de retirada global, su eliminación por parte de las plataformas, alcanzó el 70%. Esto es nueve puntos más que el mes anterior. El canal más eficaz siguió siendo el llamado trusted flagger o comunicante fiable, con un 58% de retiradas. En contraste, las notificaciones de usuarios comunes solo lograron que se borre un 12%. Por plataformas, X retiró el 93% de lo reportado, TikTok el 88%, Facebook el 74% e Instagram el 71%; esta última duplicó su tasa respecto al mes anterior. YouTube mostró un rezagado 14%. El 68% de los mensajes tuvo como blanco a personas del norte de África y el 40% del contenido analizado fue clasificado como deshumanizante.

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(Imagen: E&J)

Relación causal

Que el pico coincida exactamente con la llegada de migrantes a Ceuta no es una coincidencia estadística menor. Confirma que el discurso de odio en España funciona, en buena medida, como una respuesta reactiva a hechos noticiosos migratorios, no como un ruido de fondo constante. Esto tiene una derivación legal importante. El artículo 510.1.a) del Código Penal castiga a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo” por motivos discriminatorios. La Fiscalía General del Estado, en su Circular 7/2019 sobre ese artículo, precisa que no hace falta que la conducta incite a un acto concreto: basta con que tenga “aptitud o idoneidad para generar un clima de odio” capaz de derivar en acciones contra el grupo afectado. Un repunte de 9.590 mensajes concentrado en 48 horas puede encajar en el estándar legal vigente, más que un mensaje aislado.

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Aquí es donde el boletín, sin explicitarlo, evidencia un vacío institucional. El Reglamento de Servicios Digitales de la Unión Europea (DSA) obligaba a los Estados miembros a designar, antes del 17 de febrero de 2024, un Coordinador de Servicios Digitales con amplias facultades de supervisión y ejecución, incluida la potestad sancionadora. España designó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) el 24 de enero de 2024, pero más de dos años después sigue pendiente la aprobación de la ley que debe completar su habilitación nacional. El Gobierno intentó hacerlo mediante el Real Decreto-ley 9/2024, pero el Congreso lo derogó en enero de 2025. El proyecto de ley presentado en julio de 2025 continúa en la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, en fase de enmiendas. El pasado abril hubo un nuevo intento por acelerar el paso en el Congreso, pero no prosperó.

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Consecuencias ante la ley

OBERAXE explica también, en su propia web, que cuando un contenido de odio parece constitutivo de delito se eleva a la Fiscalía General del Estado. Pero no existe ningún dato público que permita saber cuántos de los 57.406 mensajes de julio siguieron ese camino. El Ministerio del Interior, por su parte, contabilizó 2.417 infracciones e incidentes de odio en su informe de evolución de 2025, un 23,6% más que el año anterior y la cifra más alta desde que se registra la serie a partir de 2014. Son series que crecen en paralelo pero que no se tocan: no hay forma de saber si el repunte de julio en redes se traduce en más causas judiciales o simplemente en más contenido borrado sin consecuencia penal alguna. Esa ausencia de trazabilidad entre lo detectado y lo perseguido dice, para un lector jurídico, más que la propia cifra de 57.000.

El sistema FARO ha conseguido lo que se le pedía: medir mejor y presionar a las plataformas para que retiren más rápido. Lo que todavía no existe en España es la arquitectura legal que convierta esa presión en obligación exigible ante las plataformas.

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