Una ciclista, un coche y 554 días para sanar: rebajada la indemnización a 115.181 euros
La Audiencia Provincial de Albacete mantiene la pena por imprudencia menos grave
(Imagen: E&J)
Una ciclista, un coche y 554 días para sanar: rebajada la indemnización a 115.181 euros
La Audiencia Provincial de Albacete mantiene la pena por imprudencia menos grave
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El 11 de septiembre de 2020, hacia las 9:05 horas, un conductor al volante de un Peugeot 307 se detuvo ante un paso para peatones y bicicletas, junto al Paseo de Circunvalación, en Albacete. Reanudó la marcha justo cuando una ciclista, que circulaba por el carril bici, se disponía a cruzar. El coche interceptó su trayectoria con la parte delantera y la derribó. La Audiencia Provincial de Albacete confirma la condena del conductor por un delito leve de lesiones por imprudencia menos grave.
La joven, nacida en 1995, sufrió fractura de tibia distal y peroné izquierdos, una herida en el pie y subluxación del retropié. Tardó 554 días en sanar, fue operada dos veces y le quedaron secuelas: material de osteosíntesis en la pierna, limitaciones de movilidad en el tobillo y el pie, metatarsalgia postraumática y un trastorno neurótico.
Que el delito sea leve no significa que lo sean las lesiones. La calificación depende de la imprudencia del conductor, no del daño causado. Por eso la pena es una multa de un mes a razón de 8 euros diarios, mientras que la responsabilidad civil supera los 115.000 euros: se calcula con el baremo de tráfico y atiende a lo que la víctima ha sufrido.

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El conductor dice que fue ella quien lo atropelló
El conductor sostuvo que ya estaba sobre el carril bici, detenido, cediendo el paso a los vehículos de la circunvalación, y que fue la ciclista quien chocó contra él. La Sección Segunda rechaza esa tesis por la ubicación de los daños. En el coche estaban en la parte delantera derecha del paragolpes. En la bicicleta, en el lateral izquierdo de la llanta delantera. Según la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), encajan mejor con el relato de la ciclista, que vio el coche parado y empezó a cruzar cuando este arrancó. Además, el conductor no probó que esos desperfectos fueran anteriores al accidente.
La magistrada recuerda que la ciclista tenía prioridad de paso y que el conductor debía extremar la diligencia antes de entrar en el carril bici. Aprecia infracción de los artículos 64, 58.1 y 59.1 del Reglamento General de Circulación, calificadas como graves, y mantiene la condena penal por imprudencia menos grave prevista en el artículo 152.2 del Código Penal.

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Dónde se recorta la indemnización
El recurso, presentado por el conductor y su aseguradora, Allianz, prospera solo en lo económico. La Audiencia aplica el baremo de 2024, el del año de la sentencia de instancia, conforme al artículo 40 del texto refundido de la ley de tráfico. Ello impide imponer a la aseguradora los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, de modo que se aplican los del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Dos ajustes pesan especialmente:
- Treinta días de rehabilitación. La forense los contaba como perjuicio personal básico. La Audiencia entiende que, desde la estabilización lesional (alta en la Mutua el 21 de febrero de 2022), el tratamiento fue paliativo y lo que subsiste es secuela, no periodo de curación. Fija 506 días de perjuicio moderado y ninguno de básico, siguiendo la doctrina de la Sección Primera y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- 18.267 euros por incapacidad permanente total. Se eliminan por vacío probatorio. La ciclista declaró que seguía trabajando como educadora social, en otro centro. No consta resolución administrativa que reconozca esa incapacidad y la forense no supo precisar de dónde sacó la fecha en que dijo que se había reconocido. La joven solo mencionó una discapacidad del 37 %.
La sentencia también censura la resolución de instancia por su «falta de congruencia notoria». El auto de aclaración subió la cifra a 126.650,50 euros, la reclamada por la acusación, calculada con otro baremo (2022) e incluyendo un lucro cesante de 10.000 euros que la sentencia no mencionaba.

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Las cuentas finales
El desglose es el siguiente: 34.543,96 euros por lesiones temporales (22 días graves y 506 moderados), 2.200 por las dos intervenciones quirúrgicas (1.100 cada una), 53.436,71 por secuelas funcionales y estéticas y 25.000 por perjuicio moral por pérdida de calidad de vida. El total es de 115.180,67 euros.
De esa cantidad se descuentan los 83.955,16 euros ya consignados en 2021 y 2022. Quedan, por tanto, algo más de 31.000 euros por abonar, con los intereses del artículo 576 de la LEC. Las costas de la alzada se declaran de oficio y contra la resolución no cabe recurso.

