Enrique Arnaldo, magistrado del TC: sin las Cortes, el Gobierno mantiene una plenitud de funciones “teórica”
El magistrado del Tribunal Constitucional precisa en exclusiva a E&J qué puede hacer y qué no el Ejecutivo hasta el 29 de noviembre
(Imagen: E&J)
Enrique Arnaldo, magistrado del TC: sin las Cortes, el Gobierno mantiene una plenitud de funciones “teórica”
El magistrado del Tribunal Constitucional precisa en exclusiva a E&J qué puede hacer y qué no el Ejecutivo hasta el 29 de noviembre
(Imagen: E&J)
El magistrado del Tribunal Constitucional Enrique Arnaldo Alcubilla detalla, en una entrevista exclusiva con Economist & Jurist, qué puede y qué no puede hacer el Gobierno desde la disolución de las Cortes Generales. Hasta las elecciones conserva todas sus funciones, aunque sin Parlamento esa plenitud es «teórica». A partir del 29 de noviembre pasa a estar en funciones.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció ayer lunes la convocatoria de elecciones generales para el domingo 29 de noviembre. Según el comunicado de La Moncloa, tras informar al Jefe del Estado convocó esa misma mañana un Consejo de Ministros extraordinario con el fin de disolver las Cortes. El decreto se publicará hoy martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Desde entonces corren los 54 días hasta las urnas.
Una plenitud de funciones «teórica»
El magistrado comienza por aclarar el orden de los actos. Para él, disolución y convocatoria son inseparables. «Disolución y convocatoria son dos actos intrínsecamente unidos. No puede haber convocatoria sin disolución y no puede haber disolución sin convocatoria, porque habría una etapa intermedia», puntualizó.

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A partir de la publicación del decreto y hasta el 29 de noviembre, el Gobierno conserva la totalidad de sus funciones, en «una situación de ordinariedad, por así decirlo», dijo Arnaldo Alcubilla. Agregó que «el único que no está presente es el Parlamento«. Pero esa plenitud es, en su expresión, «teórica«. El Ejecutivo no puede, por ejemplo, sacar adelante proyectos de ley, «porque no hay Cámaras para discutir el proyecto de ley». Tampoco cabe una moción de censura, porque las Cámaras están disueltas, indica. Así, tal extremo «no tiene sentido, es contradictorio«.
Mientras las Cámaras están disueltas, la Diputación Permanente del Congreso y la Diputación Permanente del Senado tienen, según señala el magistrado, «la función constitucional de velar por los poderes de las Cámaras cuando estas no están reunidas». Ejercen, precisa, la función de evitar abusos del Ejecutivo.
La segunda fase llega con las urnas. Solo el 29 de noviembre el Gobierno pasa a estar en funciones y, según explica, «ve notablemente reducidas sus funciones». Queda limitado a la gestión ordinaria, sin decisiones de carácter trascendente que puedan condicionar al siguiente Ejecutivo.
Reglamentos sin límite, decretos leyes bajo control
En materia normativa, Arnaldo Alcubilla distingue dos planos. El Gobierno «puede perfectamente aprobar un reglamento administrativo, es decir, una norma subordinada o derivada de una ley», y «no está limitado en absoluto para aprobar disposiciones de rango inferior a la ley».

(Imagen: Congreso de Diputados)
En cuanto a las normas con rango de ley, puede dictar decretos leyes «para hacer frente a situaciones de extraordinaria urgencia o necesidad». Su convalidación no corresponde ya al Pleno del Congreso, sino a la Diputación Permanente (arts. 78.2 y 86 de la Constitución). El resultado es binario: si la Diputación Permanente no lo convalida, supone derogarlo; si lo convalida, «tiene plenitud de efectos». En términos llanos: el Gobierno puede seguir dictando normas con fuerza de ley, pero solo por urgencia y con el visto bueno posterior de un órgano reducido.
El telón de fondo: vivienda y calendario
El Congreso rechazó el pasado viernes la convalidación de los dos decretos leyes de vivienda. Diversos medios informaron de que el Gobierno prevé aprobarlos de nuevo en el Consejo de Ministros este martes y someterlos a la Diputación Permanente para su convalidación.
En su declaración institucional, Sánchez situó el acceso a la vivienda entre los «muchos problemas que resolver» y pidió «renovar y ampliar el apoyo de la gente» para hacer más.
El decreto aprobado ayer lunes por el Consejo de Ministros extraordinario fija, según fuentes del Gobierno citadas por la agencia EFE, el 23 de diciembre como fecha de constitución del nuevo Congreso y del nuevo Senado. La campaña oficial comenzará el viernes 13 de noviembre.

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Las dos preguntas que quedan abiertas
Con las reglas generales claras, el magistrado deja dos cuestiones que la Constitución no resuelve, y que coinciden con el escenario que se abre hoy, con los decretos de vivienda de nuevo sobre la mesa. La primera: «¿Puede el Gobierno aprobar un nuevo decreto ley con el mismo contenido que el anterior que ha sido rechazado […] o con contenido similar?» La segunda: si una Diputación Permanente de composición distinta a la del Pleno puede llegar a una solución diferente sobre ese nuevo decreto.
No entra en detalle al respecto porque, explica, «estaría anticipando un posible recurso«. Y descarta que el Tribunal intervenga por vía de consulta. «No somos un órgano consultivo, nosotros respondemos ante una demanda o recurso», concluyó.

