La preclusión no puede ahogar el ‘favor filii’: el Tribunal Supremo anula una sentencia por ignorar un hecho sobrevenido decisivo en Derecho de familia
El interés superior del menor y la flexibilidad probatoria en los procesos de familia se imponen a las rigideces del procedimiento civil
(Imagen: E&J)
La preclusión no puede ahogar el ‘favor filii’: el Tribunal Supremo anula una sentencia por ignorar un hecho sobrevenido decisivo en Derecho de familia
El interés superior del menor y la flexibilidad probatoria en los procesos de familia se imponen a las rigideces del procedimiento civil
(Imagen: E&J)
En los procesos de familia, el principio del favor filii y la búsqueda de la verdad material se imponen con frecuencia sobre las rigideces del procedimiento civil ordinario. Así lo ha vuelto a dejar claro la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en una reciente sentencia (disponible en el apartado ‘descargar resolución’).
El Alto Tribunal casó y anuló una sentencia de la Sección 24.ª de la Audiencia Provincial de Madrid al considerar que cometió un vicio procesal determinante al obviar de forma evasiva un hecho nuevo de trascendental relevancia: un auto de jurisdicción voluntaria que retiraba la custodia a la madre y se la atribuía al padre por el riesgo que padecían los menores, aportado por este último durante el trámite de oposición a la apelación.
Antecedentes del litigio
El litigio trae causa de un procedimiento de modificación de medidas definitivas promovido en 2019 por el progenitor frente a la madre. En la demanda originaria, el padre solicitaba la reducción de la pensión de alimentos fijada en la sentencia de divorcio de 2017 (de 800 € a 292 € por hijo) atendiendo a un drástico empeoramiento de su situación económica (embargo de bienes derivado de una causa penal y caída de ingresos profesionales), así como medidas relativas al uso de la vivienda familiar.
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