No basta error en la valoración de la prueba para que haya error judicial
No basta error en la valoración de la prueba para que haya error judicial
Se desestima la demanda de declaración de error judicial formulada contra sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
La Sala declara que aun cuando se aceptaran como ciertos todos los extremos sobre los que se fundamenta la demanda, no se trata en este proceso excepcional de concluir que ha existido una equivocación en la valoración de la prueba, sino de determinar con certeza que el proceso se ha resuelto de forma errónea con daño efectivo para el demandante, lo que en este caso comportaría la necesidad ineludible de demostrar que existió simulación en la compraventa y no simplemente que se padeció un error en la valoración de alguno de los datos que llevaron a declarar lo contrario; pues ello no implica como consecuencia ineludible que, en caso de haber valorado la prueba en forma distinta, se habría declarado la inexistencia del contrato por simulación absoluta.
Puede leer la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2454728
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